La violencia contra las mujeres sigue siendo una pandemia a nivel global y de acuerdo a los datos del Observatorio de la Mujer con el apoyo del Banco Mundial, las tendencias y características entre el 2019 y el 2022 reflejan que el 94% de los agresores en casos de feminicidios eran conocidos de la víctima.

Igualmente, la información señala que, en su mayoría (86%), los feminicidas son (o fueron) la pareja. En este sentido, se desglosa que 61,5% era pareja, y 24,3% ex pareja. También, se habla de que 4,9% corresponde a otros como hermano/a o hijo/a, mientras que 3,5% era amigo o conocido y 5,6% desconocido.

La Ley 5777/16, en su artículo 50 sobre el feminicidio indica que el que matara a una mujer por su condición de tal y bajo cualquiera de las siguientes circunstancias será castigado con pena privativa de libertad de 10 a 30 años, cuando el autor mantenga o hubiere mantenido con la víctima una relación conyugal, de convivencia, pareja, noviazgo o afectividad en cualquier tiempo.

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O en el caso de que exista un vínculo de parentesco entre la víctima y el autor, dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad. Si la muerte ocurre como resultado de haberse cometido con anterioridad un ciclo de violencia física, sexual, psicológica o patrimonial contra la víctima, independientemente de que los hechos hayan sido denunciados o no.

La víctima se hubiere encontrado en una situación de subordinación o dependencia respecto del autor, o este se hubiere aprovechado de la situación de vulnerabilidad física o psíquica de la víctima para cometer el hecho.

Con anterioridad el autor haya cometido contra la víctima hechos punibles contra la autonomía sexual; o el hecho haya sido motivado por la negación de la víctima a establecer o restablecer una relación de pareja permanente o casual. Las personas que quieran acudir a consultar pueden hacerlo al Ministerio de la Mujer, ubicado en Presidente Franco casi Ayolas, en el edificio Ayfra, primer piso, o llamar al (021) 450-037, interno 322.

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