La Dirección General de Migraciones realizó un recordatorio a los extranjeros que solicitan sus documentos de residencia/radicación en el Paraguay de seguir con las gestiones. En una publicación realizada por Hoy, aclara que el ciudadano extranjero debe solicitar la residencia, aparte de contar con su entrada al país.
“El extranjero que haya ingresado una solicitud de residencia, mientras no se le otorgue lo solicitado, continuará con la misma categoría con la cual se admitió su ingreso al territorio paraguayo, conforme al Art. 29 de la Ley Nº 978/96 de Migraciones”, señala Migraciones.
Por otra parte, agrega, el extranjero a quien, por una situación excepcional debidamente justificada, se le otorgare la posibilidad de presentar su solicitud de residencia con un acta de compromiso por carecer de alguno/s de los requisitos establecidos para la residencia, deberá cumplir con el plazo establecido (máximo 60 días) en dicha acta para continuar con el proceso de tramitación del documento. En caso de no presentar en el tiempo establecido el o los documentos faltantes, la solicitud será cancelada, tal como lo estipula la Resolución DGM Nº 540/2016.
El comprobante de tramitación de una solicitud de residencia, emitido por la institución al momento de dar ingreso a los documentos, no constituye un documento que acredite residencia y no es un documento de viaje, por lo cual no tiene validez para la entrada y salida del país.