Si bien este fin de semana en el Hospital de Trauma recibieron 40 víctimas de siniestros viales menos que la semana pasada, Agustín Saldívar, director del centro asistencial, hizo algunas consideraciones sobre las falencias conductivas de los ciudadanos.
“Los carriles rápidos son ocupados por verdaderas tortugas de velocidad que hacen que todos nos adelantemos. Hay una tremenda ausencia de educación vial o una anarquía, esa es mi conclusión y espero que esto se vaya corrigiendo con los controles de la Patrulla Caminera que con multa mediante se va a poder eso, que no sea transado otra vez”, destacó en contacto con la 1020 AM.
Saldívar remarcó que faltan señalizaciones y que la falta de educación vial es impresionante. “Lastimosamente, no solo los motociclistas, también los que conducimos automóviles y los peatones, no tenemos una cultura cívica en cuanto al respeto de las normas de salir a las calles. Por ejemplo, el peatón cruza en cualquier lugar donde le toque”, lamentó.
Por otro lado, el director del Hospital de Trauma dijo que el tema de las motos es prácticamente un terreno de nadie. “En un cruce semafórico todos estamos esperando la luz verde y ellos pasan nomás. Nosotros mismos (conductores de vehículos) a veces no respetamos a los motociclistas como debe ser, comportándose como un vehículo de cuatro ruedas, espera y no se adelanta”, agregó.
ALCOTEST
La Agencia Nacional de Tránsito y Seguridad Vial se opone al proyecto de ley que actualmente tiene media sanción en Cámara de Senadores que regula la graduación de alcohol en la sangre de los conductores que dieran positivo a las pruebas.
El proyecto considera falta gravísima la conducción en estado de intoxicación alcohólica desde 0,251 mg/l a 0,399 mg/l (miligramo de alcohol por litro de aire exhalado), o desde 0,501 g/l a 0,799 g/l de CAS (gramo de alcohol por litro de sangre).
Asimismo, la constatación laboratorial de intoxicación por consumo de estupefacientes u otras sustancias psicoactivas que alteran las condiciones psicofísicas normales requeridas para conducir.
Superado este límite, los antecedentes serán remitidos al Ministerio Público para la persecución penal y aplicación de la pena, conforme a lo establecido en la Ley 1.160/1997 del Código Penal.
“Ahora que la vida está retornando a la normalidad, se ve que los accidentes de tránsito han aumentado y definitivamente nos falta concienciación y educación”, señaló a Radio Nacional del Paraguay Mauricio Bejarano, representante de la Agencia.
Dijo que “el objetivo primordial del control del alcotest es justamente la prevención de los accidentes de tránsito” y solicitó a los congresistas a reconsiderar el proyecto, sobre todo lo relacionado al polémico artículo 2.
El mismo refiere que “la Patrulla Caminera podrá utilizar los test de alcohol por litro de aire exhalado solo cuando el conductor al que se le quiera practicar se encuentra en flagrancia de cometer infracciones contenidas en la Ley 5.016/2014, nacional de tránsito y seguridad vial”.