Con el sistema sanitario colapsado, junto a un promedio diario de 40 a 50 fallecidos; reaparece el concepto del “punto de quiebre”, recordando el “Protocolo para manejo de cadáveres en el marco de la pandemia del covid-19”, elaborado por el MBS el 15 de abril del 2020.
“En todo evento que pueda generar muertes masivas se debe establecer el ‘punto de quiebre’ en donde esto se entiende como el punto donde ya la logística, infraestructura o capacidad de respuesta normal del sistema se ve rebasada”, señala el documento de 18 páginas.
“Es el Centro Operativo de Emergencia (COE) Regional el que debe determinar el punto de quiebre de cada zona, es decir, cuando se deberán establecer medidas especiales de respuesta para el manejo de cadáveres”, explica en el apartado de “Manejo de muertes masivas”.
El COE Regional deberá estar integrado por el/la directora/a de la Región Sanitaria, los intendentes, el/la gobernador y el/la médico forense encargado regional. “Ante la eventualidad de tener que recurrir a entierros masivos, es decir, establecer fosas comunes (cementerios humanitarios) el sitio deberá tener ciertas características”, establece. Las fosas comunes deben constar de una zanja que contenga una fila única de cuerpos, cada uno colocado paralelo al otro y con una separación de 0,4 m entre ellos. “En caso de muertes masivas (sobrepasado el punto de quiebre) se recurrirá al Ejército para el rescate de los cuerpos en los sitios de defunción y su transporte a las zonas de almacenamiento temporal y posterior disposición final en las fosas comunes”.
“Cada cuerpo debe enterrarse con su número único de referencia o identificación establecida por nombre, cédula de identidad, fecha de nacimiento y fecha de defunción, consignado en una etiqueta resistente a la humedad. Dicho número o identificación debe estar duplicado, quedando una etiqueta sujeta mediante cintillo plástico al dedo gordo del pie derecho y otra asegurando el doble cierre de la bolsa mortuoria”, manifiesta.