Jorge Miranda, jefe de Mantenimiento de la Terminal de Ómnibus de Asunción (TOA), mencionó que no pudieron identificar a la persona que arrojó dos aves silvestres a uno de los inodoros. “Un funcionario, por pedido de la gente que limpia los baños, fue a revisar un inodoro que no funcionaba y grande fue su sorpresa cuando encontró dos loritos ahí adentro, ya muertos, porque se ahogaron con el agua. No sabemos quién o quiénes hicieron eso”, explicó. Los mismos fueron retirados por Aseo Urbano.
“Lo que creemos es que posiblemente sean los indígenas que viven prácticamente en la Terminal, con quienes tenemos muchos inconvenientes, quienes los trajeron para vender. Posiblemente hayan sido descubiertos por agentes policiales, entonces, para evitar problemas quisieron ocultar en el inodoro y murieron ahí los pobres loritos”, expuso Miranda.
De acuerdo al funcionario, el hecho es una constante en la Terminal. “En otra ocasión encontramos un ‘tatu bolita’ perdido en la sala y aparentemente un indígena fue el que lo abandonó. Está prohibido y cuando se ven complicados le sueltan. Le llevamos al Jardín Botánico aquella vez. Ellos traen para comercializar. Es un problema permanente”, ejemplificó y agregó que urge la intervención y control del Ministerio del Ambiente. Julio Mareco, director de Fiscalización Ambiental Integrada (DFAI) del Ministerio del Ambiente, indicó que no estaban al tanto de lo ocurrido.
“Suele pasar que traen y si se mueren los arrojan al inodoro. Puede ser que hayan llegado muertos. En caso de que se individualice a la persona, se expone a una multa de 500 a 3.000 jornales”, conjeturó y recordó que estos hechos están prohibidos y deben ser sancionados conforme a la ley N° 96/92 De Vida Silvestre. Cabe recordar que el Ministerio del Ambiente es el encargado de intervenir y sancionar estos actos en su tarea de resguardar a las especies en vía de extinción.
INFRACCIÓN A LEY LLEGA A G. 1.625.040.000
La Ley N° 96/92 De Vida Silvestre expresa que está prohibido extraer de su hábitat a aves silvestres, así como la caza furtiva, la domesticación y el tráfico de las mismas. Su falta constituye una grave infracción. La pena llega a 5 años de cárcel y la multa asciende a 20 jornales, equivalentes a G. 1.625.040.000, en el caso de la caza en zona protegida. Los propietarios de las aves deben portar registro y tenencia, habilitados por el Mades. “Si se te descubre comprando esos animales vas a caer en una infracción”, puntualizó Iván Marecos, jefe del departamento de Fauna de la Dirección de Vida Silvestre del Mades.
“Al comercializar aves silvestres ya es tráfico ilegal. Forma parte del eslabón más alto porque la cadena inicia con el proveedor al extraerlo de su hábitat. Posteriormente, se lo vende a otra persona a un precio bajísimo. Generalmente los que extraen son indígenas. Esta persona vuelve a ofrecer a otra que se encarga de distribuir en los mercados”, manifestó Marecos. La Resolución Nº 2.243/06 del Mades prohíbe cazar, transportar, comercializar, exportar, importar o reexportar a estos individuos sin expresa autorización.