El juez Julio Alfonso, presidente del Tribunal de Sentencia, fundamentó el fallo con respecto al caso que involucra a un docente de Villarrica, acusado de abuso por medios tecnológicos hacia una alumna de 11 años. A su criterio, muchas de las pruebas difundidas a través de los medios de comunicación “no fueron incluidas en la carpeta fiscal”, pese a que el implicado envió 600 mensajes a la alumna.

Según el magistrado, aparentemente el fiscal investigador Rodrigo Vázquez no incorporó algunos audios que incriminen al procesado, por lo que no se arrimaron pruebas fehacientes de su culpabilidad en los hechos denunciados.

“Hay que establecer puntualmente los roles de cada operador de justicia. En ese aspecto, por ejemplo, nosotros como jueces tenemos el deber innato de imparcialidad. Se abre el juicio oral y se presenta el caso por parte del Ministerio Público, órgano acusador que sostiene hechos verificables con pruebas”, explicó el juez Alfonso al programa “Arriba hoy” del canal GEN y Universo 970 AM/Nación Media.

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Fiscal anunció que probaría los hechos

Siguió relatando que el fiscal, al comienzo de su alocución, dijo que probaría ciertos hechos al abrirse la etapa de juzgamiento, antes de emitirse la sentencia. “El fiscal presenta y dice que va a probar el hecho de abuso por medios tecnológicos, pero en la plataforma fáctica, en el quién, cómo, cuándo, dónde y por qué, dice lo siguiente: en el mes de mayo de 2022 hasta el mes de agosto de 2022, utilizando WhatsApp, el profesor enviaba mensajes de texto a la menor”, indicó.

El titular del Tribunal dio detalles de las fundamentaciones obrantes en la carpeta fiscal. “En dichos mensajes de texto, el profesor le decía a la menor que la quería, que estaba linda, que era hermosa, la llamaba ‘amor’ y ‘mi princesa’. Luego, hay dos audios de voz en donde le decía que era linda y su amor. Y eso ocurrió en la mañana y la noche del año 2022”, expresó.

El magistrado cuestionó que solamente se incluyeron “cinco cuestiones de mensajes de texto”. “Todo lo demás que posteriormente salió a luz, esos mensajes de alto contenido. El único momento escrito del proceso penal es cuando se hace el escrito de acusación y eso se ratifica en la preliminar para autos de apertura”, sentenció.

Según el juez, no se incluyeron las expresiones: “sos sexy, mi niña”, “quiero besarte”, “el tema del cuerpo”. “Eso, sin inconvenientes, hubiese introducido en el relato fáctico; teniendo la oportunidad libremente de hacerlo, no lo hizo. Después se desarrolló el juicio completo y solamente declaró la niña”, manifestó.

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