La Patrulla Caminera reportó que unos 900 conductores fueron sancionados por diferentes infracciones de tránsito en tan solo una semana. Las faltas más comunes son los adelantamientos indebidos, el no encendido de luces y el no uso del cinturón de seguridad.
La inspectora Patricia Ferreira dio un informe pormenorizado de las infracciones más comunes, en entrevista con el programa “Así son las cosas” del canal GEN y Universo 970 AM/Nación Media.
“En la semana, comprendida del 5 al 11 de enero, se registraron 900 procedimientos de sanción de los cuales 127 implicaron demora de rodados, como así también 35 conductores que fueron sorprendidos en flagrancia en estado etílico y sacados también de circulación”, informó.
La vocera de Relaciones Públicas de la Patrulla Caminera detalló que las infracciones más cometidas en ruta son la no utilización del cinturón de seguridad de los acompañantes como así también el no uso de la luz baja durante la circulación y los adelantamientos indebidos. En este último se reportaron 95 infractores por el incumplimiento de esta norma.
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Opciones de pagos
Habló también de las opciones de pago de las multas. “El conductor tiene cinco días hábiles para abonar la sanción correspondiente. Y recordar también que las faltas leves y graves cuentan con un 25 % de descuento dentro de esos cinco días hábiles. No así las faltas gravísimas que tienen que acercarse aquí al cuartel central junto al juez de faltas para solicitar el descuento correspondiente si así lo amerita”, explicó.
Según Ferreira, las faltas por alcotest positivo no se pueden abonar en el lugar, excepto que se presente un conductor sustituto que dé alcotest cero. Y abonando la multa el conductor reemplazante puede retirar el rodado con el permiso del conductor correspondiente.
“Como así también las faltas de vencimientos de las documentaciones pueden ser retiradas en el día de abonarlas, para retirar nuevamente el rodado en el caso de la licencia de conducir también con un conductor sustituto para que este rodado pueda ser retirado”, añadió.
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¿Qué responsabilidad implica un acompañante alcoholizado para el motociclista?
Por Yanahin Ojeda.
En Buenos Aires, al conductor de una plataforma de viajes le quitaron su motocicleta y fue multado por llevar a una pasajera alcoholizada. El caso fue la noticia de Año Nuevo en Argentina, ya que ocurrió la mañana del miércoles 1 de enero, y señaló un vacío legal para este tipo de trabajadores… mientras que su acompañante se fue tranquilamente a su casa. ¿Qué hubiera pasado en Paraguay?
El viceministro de la Agencia Nacional de Tránsito y Seguridad Vial (ANTSV), Félix Hernán Jiménez Castro, comentó a La Nación/Nación Media cuáles son las leyes y procedimientos para tener en cuenta, luego de la viralización del caso que ocurrió en el barrio de Palermo y afectó a Ciro Rodrigo, un joven de 19 años que llevaba menos de un mes trabajando como chofer de una app en la capital argentina.
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el límite permitido de alcohol en sangre es de 0,20 g/l (gramos por litro) para el motociclista y de 0,50 g/l para el acompañante. Ciro dio negativo al control de alcoholemia, pero su pasajera, a la que le preguntó si había bebido y le dijo que no, resultó con un nivel de alcohol en sangre de 0,90 g/l. El legislador porteño Ramiro Marra intervino para que el joven recuperara su moto y prometió actualizar la normativa.
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Tolerancia cero
“La tolerancia cero al alcohol para los conductores. Las multas por conducir con 0,40 gramos de alcohol por litro de sangre van de 10 a 20 jornales mínimos. Si la lectura es mayor, el caso se traslada a la Fiscalía, pero no aplica para el acompañante; y sí, efectivamente la responsabilidad recae solo al conductor”, explicó Jiménez, citando el artículo 112 de la Ley de Tránsito, n.º 5016, vigente desde el 16 de mayo de 2014. Dichas multas van desde 1.076.270 guaraníes hasta 2.152.540 guaraníes.
Sobre el servicio de transporte por aplicativos, el viceministro dijo a LN: “En cuanto al transporte tercerizado en motocicletas no hay una reglamentación que regule específicamente este servicio, más bien se rige por lo que establece la Ley n.º 5016/2024″. En ese marco se incluyen los requisitos obligatorios para la expedición o renovación de las licencias de conducir para motociclistas, en el artículo 25, que abarcan un examen médico psicofísico, conocimientos de tránsito y de primeros auxilios.
Jiménez refirió que los municipios suelen tener, a través de ordenanzas, mayores requerimientos para los conductores de ejercicio profesional como los mototaxis o los taxis, en relación a los conductores convencionales; como, por ejemplo, los taxistas deben conducir contar con licencias de categoría superior, que no solo baste con la particular.
“En el caso de las plataformas digitales, normalmente son intermediación entre usuarios, escapa a lo que es el control del Estado. Entonces. que tengan o no seguro depende de la plataforma para habilitarlo como choferes intermediadores. La recomendación de la Agencia Nacional es que todos los vehículos cuenten con seguros, sobre todo contra terceros”, agregó el viceministro a Nación Media.
De igual manera, considera que se necesita actualizar la legislación para abordar temas particulares sobre el transporte tercerizado. “La Ley ya cumplió 10 años y creemos que es necesaria hacer una revisión, no solamente en los artículos que compete a los motociclistas, ya que el tema de la seguridad vial es tan dinámico que tenemos que ir adaptándonos a los casos”, resaltó el viceministro Jiménez.
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Qué dice la Ley de Tránsito
La Ley n.º 5016, Nacional de Tránsito y Seguridad Vial, dedica su capítulo II a las “Reglas para bicicletas, ciclomotores, motocicletas, triciclones, cuatriciclones y motocargas”, con diez artículos, del 70 al 79. También establece en el artículo 69 que el límite de velocidad para motocicletas es de 90 kilómetros por hora en zona rural, y de 40 km/h en zona urbana; y el artículo 95 fija el seguro obligatorio de accidentes de tránsito.
El inciso i del artículo 113, sobre faltas gravísimas, aplica a los motociclistas y acompañantes exigiendo que utilicen correctamente el caso y el chaleco reflectivo. Generalmente, en las calles se ven a personas andando en moto con el caso puesto en el brazo, con tres o más ocupantes, invadiendo la vereda, o transportando puertas, un TV plasma o garrafas… Todo lo que la ley dice que no debe hacerse:
Artículo 70.- Reglas generales. Los conductores de bicicletas, ciclomotores, motocicletas, triciclones, cuatriciclones y motocargas, además de observar las normas generales de la circulación y las establecidas para los demás vehículos, transitarán con arreglo a las disposiciones especiales contenidas en el presente capítulo.
Artículo 71.- Reglas especiales. El conductor que guíe por las vías públicas ciclomotores, motocicletas, triciclones, cuatriciclones y motocargas, tendrá derecho al pleno uso del carril de circulación de la derecha.
Queda prohibido que circulen por un mismo carril más de dos bicicletas, ciclomotores o motocicletas, una al lado de otra, o sus conductores asidos de otros vehículos o enfilados inmediatamente tras otros automotores.
Estos vehículos no circularán entre carriles ni entre filas de vehículos, debiendo conservar la respectiva fila.
Artículo 72.- Número de ocupantes. Estos vehículos, con excepción de las motocargas, no serán utilizados para llevar más de dos personas, incluido el conductor.
Los conductores de ciclomotores, motocicletas, triciclones y cuatriciclones, no podrán llevar como acompañante un niño menor de 12 (doce) años.
Está prohibido llevar acompañante alguno en las motocargas.
Artículo 73.- Circulación por carriles especiales. Cuando circulen por los carriles especialmente demarcados para esta clase de vehículos, no podrán salir de ellos y los demás vehículos no podrán ocupar tales carriles.
Artículo 74.- Objetos transportables. No se llevarán en estos vehículos objetos o elementos que impidan al conductor mantener ambas manos en el manubrio, así como la estabilidad y el adecuado control del vehículo.
Artículo 75.- Circulación por las aceras. Queda prohibida la circulación de ciclomotores, motocicletas, triciclones, cuatriciclones y motocargas por las aceras y paseos públicos destinados exclusivamente a los peatones.
Artículo 76.- Uso obligatorio de casco y chaleco reflectivo. Los ocupantes de ciclomotores, motocicletas, triciclones, cuatriciclones y motocargas, deberán llevar puesto el casco reglamentario y normalizado que cubra toda la cabeza, con excepción del rostro. El casco deberá contar con material reflectivo y el número de matrícula de la motocicleta grabado en la parte externa inferior. Además, deberá estar debidamente sujeto por la cinta de retención o barbijo abrochado.
Asimismo, los ocupantes llevarán puesto, en todo momento, un chaleco reflectivo homologado o certificado, según las normas de seguridad vigentes, cuya visibilidad no deberá ser obstaculizada por otra prenda u objeto.
Los ciclistas al momento de la circulación deberán utilizar un casco reglamentario y normalizado por la autoridad competente.
Artículo 77.- Escape libre. Se prohíbe circular con ciclomotores, motocicletas, triciclones, cuatriciclones y motocargas con escape libre o desprovisto de silenciador, que controle o limite la generación de ruidos.
Artículo 78.- Material reflectivo. Los ciclomotores, motocicletas, triciclones, cuatriciclones y motocargas, deberán contar con material adhesivo reflectivo en su parte trasera, conforme a la normativa vigente.
Las bicicletas estarán equipadas con elementos reflectivos en pedales, ruedas y en su parte trasera para facilitar su detección durante la noche.
Artículo 79.- Encendido de luces. Los ciclomotores, motocicletas, triciclones, cuatriciclones y motocargas, deberán circular permanentemente con las luces encendidas.
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Operativo Año Nuevo: se reportaron 11 siniestros viales
La Patrulla Caminera dio un informe del operativo Año Nuevo que arrojó 166 procedimientos y 11 siniestros viales a nivel nacional. Se reportaron dos accidentes fatales, según la jefa de Relaciones Públicas, Vanessa Llanes.
“Lamentablemente tengo que informar que tuvimos varios siniestros viales en lo que va del resumen del 31 de diciembre del 2024 al 1 de enero del 2025. Se llegó a un total de 166 procedimientos”, señaló al programa “Dos en la ciudad” del canal GEN y Universo 970 AM/Nación Media.
Detalló que durante estos dos días fueron demorados 36 vehículos, se registraron 11 siniestros viales, de los cuales cuatro fueron sin desgracias, cinco con desgracias y dos fatales.
“Tenemos un aumento en lo que serían siniestros viales. Por eso seguimos instando a toda la ciudadanía a ser conscientes y prudentes, por sobre todas las cosas, ya que tenemos que tener en cuenta que lo que fue la festividad de fin de año es más festivo, por ello el aumento de los siniestros viales”, afirmó.
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La inspectora de la Patrulla Caminera indicó que la ingesta de bebidas alcohólicas fue una de las causales de los siniestros, pese a que se montó una fuerte campaña educativa antes de las fiestas.
Insistió en la necesidad de ser prudentes y no excederse en la velocidad y adelantamientos indebidos ya que ahora es temporada alta por las vacaciones y la etapa estival que implica un mayor número de circulación de vehículos por las rutas del país. “Hay mucha afluencia de vehículos desplazándose en ruta. Es por eso que previendo todo esto el personal de la Patrulla Caminera ya está abocado a estos servicios de poder agilizar el tránsito vehicular”, remarcó.
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Trabajo destaca avances en la formalización del empleo en el 2024
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) compartió el resumen de las gestiones realizadas durante el 2024, consideradas como avances, las cuales se consolidaron como un actor clave en la promoción del empleo formal, la capacitación laboral y la modernización de procesos administrativos en material laboral.
Con relación al primer punto, el ente destacó un crecimiento sostenido de la formalización laboral como uno de los mayores logros, ya que se pasó de 704.000 trabajadores formales del sector privado a 757.852 al cierre del año, conforme lo registrados en el Instituto de Previsión Social (IPS).
Este incremento de más de 50.000 empleos formales representa un crecimiento del 6 %, superando ampliamente la meta del 4,5 % establecida inicialmente. A esto se suma que más de 1.200.000 personas cuentan con protección dentro del esquema de seguridad social, un resultado que refleja el impacto positivo de las políticas de formalización laboral.
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Simplificar para formalizar
Por otro lado, en cuanto a la facilitación y ahorro para las empresas, la cartera señala que a través del Decreto 1989/2024 se implementaron medidas para simplificar los trámites de formalización, reduciendo costos y tiempo para el sector privado. Se estima que las empresas ahorraron entre G. 900.000 y G. 1.300.000 por estos procesos, y como resultado, se registraron 20.867 nuevas empresas, cada una con al menos dos trabajadores.
Así también, el ministerio remarcó que el uso de tecnología fue un pilar central en la gestión 2024, como ser la implementación del sistema Virtu, que permitió avanzar hacia la política de “papel cero”, reducir la burocracia y mejorar la integración de datos con el IPS. Esto incluyó la automatización de los libros laborales electrónicos y la eliminación de registros duplicados, explica.
Fiscalizaciones
En materia de fiscalización se inspeccionaron más de 700 empresas, logrando la regularización de 15.741 trabajadores y aplicando sanciones por incumplimientos laborales que sumaron G. 10.000 millones. Un aspecto relevante también la plataforma EmpleaPY que consolidó su posición como un portal de referencia para la intermediación laboral.
En esta vitrina de empleo se registraron más de 90.000 usuarios, 16.000 vacancias y 50.000 intermediaciones exitosas. Además, la colaboración con empresas aumentó de 114 a más de 600, promoviendo un acceso más amplio al mercado laboral.
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Patrulla Caminera realizó 197 procedimientos en Navidad
Si bien, el operativo de fin de año de la Patrulla Caminera ya se inició el pasado 20 de diciembre y se extiende hasta el 1 de enero del 2025, los días en que el tránsito se encuentra más congestionado y por ende, se intensifican los operativos son la Nochebuena, la Navidad, el 31 y el 1 de enero.
En este sentido, Patricia Ferreira, jefa de Relaciones Públicas de la Patrulla Caminera, conversó con el programa “Así son las cosas” emitido por canal GEN y Universo 970 AM para comentar sobre el trabajo realizado en los últimos días.
Comentó que el tránsito permaneció normal para estas fechas y no se reportaron mayores incidentes ante demoras excesivas en zonas con mayor tránsito; esto gracias a la colaboración de los agentes de la Patrulla Caminera para agilizar el paso vehicular.
“Entre el 24 y el 25 se realizaron 197 procedimientos, de los cuales en 25 ocasiones los vehículos quedaron demorados y así también, 17 personas fueron sacadas de circulación por estar en estado etílico”, comentó Ferreira.
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Así también, destacó que intervinieron en un total de 7 siniestros viales, de los cuales 3 fueron con víctimas fatales, mientras que en los otro 4 se registraron heridos y pérdidas materiales importantes.
“En comparación a años anteriores, estas cifras son inferiores; la gente está tomando conciencia al respecto de la circulación vehicular, conduce con más precaución. No obstante, instamos a la ciudadanía a tomar los recaudos necesarios a la hora de conducir”, remarcó la jefa de Relaciones Públicas de la Patrulla Caminera.
Recordó a los conductores que es obligatorio portar la licencia de conducir, la habilitación municipal al día y la cédula verde del rodado, ya sea en formato digital desde el portal nacional o en forma física. Destacó además que la misma mecánica de acompañamiento y control se replicará en los días 31 de diciembre y 1 de enero.
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