El lunes 4 de noviembre inicia la veda pesquera en aguas compartidas con Argentina (hasta el 20 de diciembre) y Brasil (hasta el 31 de enero), periodo en que los pescadores profesionales y personas particulares no podrán pescar en los ríos Paraná, Paraguay, Pilcomayo y Apa, informó el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (Mades)

Esta medida se establece por resolución n.º 463/2024, busca proteger los recursos pesqueros y promover la sostenibilidad ambiental. Resaltaron que la medida también afecta a los cauces de agua de jurisdicción nacional, por lo que desde mañana lunes, el Mades junto con conjunto con otras instituciones, realizará rigurosos controles en rutas, comercios, transportes y cuerpos de agua para garantizar el respeto a la veda.

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Podrán pescar familias ribereñas para consumo. Foto: Gentileza

Prohíben venta de carnada

Mades recuerda que no se puede hacer pesca comercial y deportiva, no se puede vender ni transportar pescados de ríos y está totalmente prohibida la venta de carnadas en todo el país. Las sanciones para quienes no cumplan con las disposiciones van desde 3.001 hasta 20.000 jornales mínimos, además de las penalidades previstas en la Ley n.º 716/96 ,“que sanciona delitos contra el medio ambiente”.

“Solo se puede vender pescados de acuicultura y piscicultura, con documentación correspondiente los peces son: pacú, boga, sábalo o carimbata, carpa y tilapia”, detallaron. En tanto que, si pueden pescar los ribereños solo para consumo (pesca de subsistencia) y especies que no estén protegidas como: boga, armado, bagre y otros.

Resaltaron que existe un pez que está protegido, ya que está en vía de extinción y este es el manguruyú. También, apuntaron que los peces de valor comercial y deportivos como el surubí, dorado y pacú, son los que deben ser protegidos en este periodo de veda y cuya pesca está totalmente prohibida.

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También queda prohibida la venta de carnadas. Foto: Gentileza

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