Una mujer de 61 años fue detenida ayer miércoles y pasó la noche en el calabozo de la comisaría de Independencia, en Guairá, por la posesión de dos plantas de cannabis en dos macetas y 33 gramos de marihuana, que según alegó son para uso medicinal. Las imágenes de la sexagenaria en prisión se viralizaron y generaron cuestionamientos, entre ellos, de la organización Mamá Cultiva Paraguay.
“Manifestamos nuestra firme oposición a la criminalización del cultivo de cannabis para uso medicinal. Es imperativo que el Estado paraguayo garantice el respeto y la protección de los derechos humanos de todos los usuarios medicinales de cannabis en nuestro país como es el derecho fundamental a la vida digna sin dolor, a la salud y bienestar“, expresó en un comunicado publicado en la red social X, el grupo que reúne a madres que luchan por el uso medicinal del cannabis para dolencias persistentes.
Por su parte, el abogado Ricardo Preda opinó a través de la citada red social: “Urge la revisión de la política criminal con relación a la marihuana en nuestro país. Tanto desde la criminalización primaria como secundaria. Es un despropósito privar de la libertad a una persona que tiene la planta para su consumo”.
El ministro de la Secretaría Nacional Antidrogas (Senad), Jalil Rachid, aclaró que este operativo no corresponde a su institución y se preguntó qué habrán pensado los intervinientes para realizar este operativo. “Yo no haría ese tipo de trabajos. Si yo fuese fiscal y me llevan este tipo de casos, les meto presos a ellos. Si fuese hoy en día, como máxima autoridad de la Senad, se come un sumario fenomenal”, dijo este jueves en “Así son las cosas” por GEN y Universo 970 AM/Nación Media.
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Qué dice la ley
La Fiscalía de la Unidad de Lucha contra el Narcotráfico, a través de Hernán Burgos y Juan José López, con la Policía de Antinarcóticos, realizaron el allanamiento de una vivienda ubicada en el barrio IPS de Independencia (Guairá), donde detuvieron a la mujer que fue imputada por tenencia de sustancias sin autorización y cultivo de marihuana. Se solicitó al Juzgado la aplicación de prisión preventiva.
La jueza Marcela Mallorquín será la que deba determinar si envía o no a la cárcel a la detenida, quien, mientras tanto, aguarda la decisión encerrada en el calabozo de la Comisaría 2.ª de esta ciudad. La Ley 1340/88 en su artículo 27 habla de tenencia de drogas sin autorización. A partir de allí, según Rachid, habría que analizar desde lo jurídico la gravedad del hecho y el grado de responsabilidad, además del uso que se le daba a la planta.
El artículo referido dice: “El que tuviere en su poder, sin autorización, sustancias estupefacientes, drogas peligrosas o productos que las contengan, será castigado con cinco a quince años de penitenciaría, comiso de la mercadería y multa del cuádruplo de su valor“.
Luego, en el artículo 30, expresa: “El que tuviere en su poder sustancias a las que se refiere esta ley, que el médico le hubiere recetado, o aquél que las tuviere para su exclusivo uso personal, estará exento de pena. Pero si la cantidad fuere mayor de la recetada o que la necesaria para uso personal, se le castigará con penitenciaría de dos a cuatro años y el comiso”.
“Se considerará de exclusivo uso personal del farmacodependiente la tenencia en su poder de sustancia suficiente para su uso diario, cantidad a ser determinada, en cada caso, por el médico forense y un médico especializado designado por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y otro por el afectado si lo solicitare, a su costa. En el caso de la marihuana no sobrepasará los diez gramos y de dos gramos en el de la cocaína, heroína y otros opiaceos”, agrega el mismo artículo.
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