La Patrulla Caminera sancionó a 180 conductores por invadir el carril de uso exclusivo de buses implementado para agilizar la circulación sobre la ruta PY03 ex Traschaco. La aplicación de multas a los infractores entró a regir desde el pasado 22 de enero mediante estrictos controles de patrulleros apostados en lugares estratégicos durante las 24 horas.
“En total, hasta el día de la fecha, tenemos 180 conductores que fueron sancionados por infringir la ley e incurrir en el carril exclusivo de buses. Estos datos serían en conjunto, sumados choferes de vehículos y motociclistas y son desde la implementación de los controles hasta el día de la fecha”, señaló a La Nación-Nación Media, la subinspectora Vanessa Llanes del departamento de Relaciones Públicas de la Patrulla Caminera.
Detalló que el patrullaje es permanente en la zona para poder visualizar y sancionar a los conductores que infrinjan las normas. “Estos controles que realiza la Patrulla Caminera en cuanto al carril único de buses sería en permanente recorrida ya sea de patrullaje móvil o motoristas de guardia. Estos controles se estarían descentralizando de acuerdo al horario donde más afluencia de vehículos se tiene en el lugar”, expresó.
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En cuanto a la recaudación proveniente de las multas, la vocera de Relaciones Públicas indicó que las cifras pueden ser chequeadas dentro del total de ingresos del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones a través de su página web institucional. “Sería el monto general, no se discrimina por sanción. Las multas podrían diferenciarse por mes en lo que sería la página del MOPC. Se puede ingresar en rendición de cuentas al ciudadano y verificar lo que sería la recaudación”, aclaró a LN.
La multa para los vehículos particulares que circulan por el carril único de buses es de 10 jornales mínimos (G. 1.030.910), tal como lo establece la Ley Nacional de Tránsito y Seguridad Vial n.° 5016/2014. A su vez, para las empresas permisionarias del área metropolitana de Asunción que no respeten el carril único, la multa es de 20 jornales mínimos (G. 2.061.820), aplicada por el Viceministerio de Transporte mediante el departamento de Fiscalización y Control de la Dirección Metropolitana de Transporte.
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