En horas de la mañana de este sábado, Jonhatan Servín, director de la Policía de Tránsito de la Municipalidad de Capiatá‚ indicó que desde el lunes 25 de abril se habilitará el registro de conductores con respecto a la ordenanza 34/19, que regula a los vehículos de transporte con conductor que tendrán tiempo límite de 30 días para presentar la documentación; luego de ese periodo serán sancionados.
Parte de la regulación indica que los conductores de plataformas no podrán subir a ciudadanos de Capiatá si no cumplen con la documentación, pero sí podrán circular por la ciudad para bajar pasajeros. Además del registro, tendrán que abonar un canon a la ciudad.
“La ordenanza establece unos requisitos para los conductores de plataformas virtuales, que nosotros le llamamos VTC, que sería vehículo de transporte con conductor. Lo que estamos solicitando a partir del lunes es que los que están prestando este tipo de servicio vengan a la municipalidad a registrarse como prestadores de servicio, cumpliendo los requisitos básicos que se establecen”, indicó Jonhatan Servín, director de la Policía de Tránsito de la Municipalidad en conferencia de prensa.
Uno de los requisitos es que el conductor debe tener la licencia de conducir de categoría profesional “A”, también contar con 24 años de edad, como establece la Ley 50/16. Además, se solicita el seguro de pasajeros y contra terceros. Los solicitantes también deben llevar impreso una captura de pantalla con su usuario aprobado por la plataforma y se deberá abonar un canon al municipio para evitar malos entendidos con otros prestadores de servicio de transporte, que sí abonan.
“Se harán sanciones a los conductores que están fuera de la regla, al culminar el periodo de inscripción, vamos a iniciar los controles para la aplicación de multas, tiene que haber una regulación, la regulación está establecida en el Art. 168 de la Constitución Nacional, en el Art. 8, donde la municipalidad dentro de sus atribuciones debe reglamentar la prestación del servicio de transporte de pasajero”, explicó.
Según el director, el municipio se encuentra obligado por ley a reglamentar y regular, además que es un servicio que tiene una remuneración a cambio. Por otra parte, también buscan identificar a los prestadores del servicio para realizar un seguimiento, basándonos en un registro con respecto a denuncias o quejas que actualmente reciben en el departamento.
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Así también, se procedió a hacer una comparativa entre los conductores de plataformas y taxistas, que según el artículo 5 de la ordenanza, los prestadores de servicio de VTC no deben alzar ni bajar pasajeros en las paradas. Los taxistas cuentan con un espacio de uso exclusivo, como las paradas, porque lo que los usuarios de plataformas no podrán subirse en ninguna parada, tanto de bus como de taxi.
“Vamos a utilizar el mismo parámetro que tenemos con los taxistas, si el taxi tiene habilitación de la parada en San Lorenzo, él puede traer pasajero, pero así puede alzar pasajero en la ciudad de Capiatá. Si está circulando eventualmente por nuestra ciudad, no hay ningún incumplimiento de la ordenanza, pero así cuando va a levantar el pasajero, va a estar en contravención de nuestra ordenanza, está establecido que no pueden hacer eso”, aseveró.
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