Desde este domingo 27 entra en vigencia nuevamente el decreto presidencial de regreso al horario de invierno. Siendo Paraguay y Chile los únicos países en toda Sudamérica que siguen manteniendo esta práctica, desde esta medianoche los relojes deberán atrasarse 60 minutos en todo el país.
Es importante mencionar que a través del decreto presidencial N° 3.638/2009 se ha establecido que la hora oficial de la República del Paraguay sea proporcionada por el Patrón Nacional de Tiempo y Frecuencia. El mismo está custodiado por el Laboratorio de Tiempo y Frecuencia del Organismo Nacional de Metrología del INTN y por ello proporciona la hora oficial de la República.
Por su parte, teniendo en cuenta el decreto Nº 1.264/2014, por el cual se establecen las “Normas relativas a la determinación de la hora oficial en la República del Paraguay” el último domingo del mes de marzo de cada año se atrasará en 60 minutos la hora oficial en todo el Paraguay, ingresando así al llamado horario de invierno. De esta manera, a las 00:00 del domingo 27 de marzo se deberán atrasar una hora los relojes que volverán a marcar las 23:00 del sábado 26.
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Del mismo modo, el decreto indicado anteriormente establece tal situación con el objetivo de minimizar la superposición del horario de incremento del consumo residencial de energía eléctrica con la permanencia del consumo comercial, ya que estos incrementan los requerimientos de transmisión y distribución de la energía eléctrica, con base en el informe técnico presentado por la Administración Nacional de Electricidad (Ande) se disponen de los horarios de invierno y verano.
Además, este decreto establece que el primer domingo del mes de octubre de cada año se adelantará en 60 minutos la hora oficial en todo el Paraguay, ingresando así al llamado horario de verano.
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