Teniendo en cuenta la magnitud de lo ocurrido durante el concierto realizado en el anfiteatro José Asunción Flores de San Bernardino el domingo 30 de enero, el Consejo Nacional de Salud, a través de la Superintendencia de Salud, iniciará una investigación sobre el evento, por resolución Nº 11/2022.

Esto se llevará a cabo debido a la pérdida de vidas humanas, víctimas de la balacera durante el concierto y a causa de las denuncias sobre la ambulancia que trasladó a una de las víctimas hasta el Hospital Nacional de Itauguá (HNI). Según manifestaciones de los organizadores del evento a medios de comunicación, dicho acto contaba con cobertura privada de servicio de ambulancia.

A raíz de esto, la Superintendencia de Salud solicitará informes a los responsables de la organización del evento sobre si se contaba con cobertura de servicio de ambulancia y de ser así, requerir los contratos o convenios correspondientes para dilucidar las denuncias respectivas. Los trabajos de investigación durarán aproximadamente dos semanas.

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En este sentido, recordaron que existen disposiciones contempladas en la resolución ministerial Nº 093/2018, que modifica la resolución Nº 60/2000, en la que se reglamentan el registro y la habilitación de los servicios extrahospitalarios públicos y privados, móviles de ambulancia, traslado y afines.

Explicaron que posterior a la habitación, el siguiente trámite consiste en la inscripción en el Registro Nacional de EPSS de la Superintendencia de Salud, a fin de que puedan ser controlados y brindar atención con calidad. Manifestaron que los servicios extrahospitalarios públicos y privados, móviles de ambulancia, traslado y afines, sean públicos, privados, no gubernamentales o autárquicos, deben contar con la correspondiente certificación sanitaria de habilitación y registro, otorgada por la Dirección de Establecimientos de Salud, Afines y Tecnología Sanitaria, como requisito previo para su funcionamiento.

Igualmente, remarcaron que las empresas que realizarán contrato con las entidades prestadoras de salud de medicina extrahospitalaria deberán exigir la habilitación ministerial y el registro en la Superintendencia de Salud.

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