Tras los reclamos de los médicos en cuanto a la igualdad en la carga horaria, el Ministerio de Salud, a través de la Resolución Nº 1.900, dispuso la reducción de la carga horaria a 12 horas semanales para los profesionales médicos con cargos permanentes o contratados.
La disposición regirá para aquellos que prestan servicios en el Hospital General de San Pedro Paraguay-Corea, el Hospital Distrital de San Estanislao, Hospital Regional de San Pedro del Ycuamandyyú, Hospital Materno Infantil San Pablo, Hospital Psiquiátrico y Hospital Regional de Caacupé.
La medida será implementada por un periodo de prueba de tres meses, computados a partir de su implementación y conformidad de los afectados, con el fin de comprobar que dicha decisión ministerial no perjudica su funcionamiento.
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Excepciones
En ese sentido, explicaron que aquellos profesionales médicos con cargos permanentes o contratados, cuya antigüedad en la institución sea menor a cinco años, deberán cumplir carga horaria de 24 horas semanales.
Así también, informaron que no podrán acogerse a lo dispuesto en la resolución aquellos médicos trasladados (por resolución ministerial) a los citados servicios del Ministerio de Salud posterior a esta resolución, debiendo mantener la misma carga horaria que tenían antes de ser trasladados a los referidos centros asistenciales. Tampoco podrán acogerse a lo dispuesto en esta resolución los profesionales contratados por contingencia.
Aclararon, además, que en ningún caso la reducción de la carga horaria establecida en la normativa conllevará a la contratación de nuevos vínculos para cubrir las eventuales brechas que pudieran ocasionarse con dicha reducción.
Las autoridades de los servicios afectados deberán garantizar el buen funcionamiento de las prestaciones por parte de los profesionales que se acojan a las doce horas semanales.
Una vez transcurrido el plazo de tres meses, la reducción de la carga horaria tendrá carácter definitivo en el servicio, en caso de comprobarse que su funcionamiento no se vio afectado.