El funcionario del Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), Florencio Martínez Ricardo, fue sorprendido el sábado 13 de febrero pasado, ya en horas de la noche, con una camioneta de la institución, mientras ingería cerveza en compañía de un amigo.

Luego de ser consultado por este hecho, el funcionario estatal no tuvo mejor idea que perseguir a bordo del vehículo estatal a la periodista de LN, quien le realizó la consulta.

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¿Esperando para lavar?

De acuerdo con las declaraciones del jefe de Transporte del Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), Renato Villagra, el chofer hallado con la camioneta de la institución, mientras tomaba con un amigo en una vereda del barrio Cañadita, de Ñemby; en realidad estaba esperando para lavar el vehículo en un lavadero a las 23:00 del sábado pasado.

Sin embargo, el MAG anunció la apertura de una investigación para determinar la situación del funcionario y del móvil del ministerio, captado por la periodista Rossana Escobar de La Nación.

Contraviene las disposiciones

“No se observa que el funcionario Florencio Martínez Ricardo haya elevado un informe o contado con una autorización expresa para que el mismo pueda circular en días u horarios no hábiles, razón por la cual se presume que la conducta del funcionario contraviene a las disposiciones reglamentarias”, expresa parte de la resolución N° 254 del MAG.

El jefe de Transporte del MAG, Renato Villagra manifestó que “el señor (Florencio Martínez) vive solo y por eso tuvo que volver el fin de semana para poner en con­diciones su casa”, justificando de esta manera el permiso extraordinario para tener el móvil en su poder. “Porque uno se preocupa también por el compañero”, agregó Villagra.

Sin embargo, el MAG decidió instruir sumario administrativo a Martínez, al considerar que existen contravención a la circular 01/2020, que en parte expresa que los vehículos de la institución deben permanecer en parque cerrado una vez finalizada la jornada laboral, aclarando que los infractores serán pasible de sanciones estipuladas en el artículo 9 de la Ley 704/95, que reglamenta el uso de automotores del sector público.

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