El Poder Ejecutivo reglamentó la Ley de Arancel Cero, mediante el Decreto N° 4.734 que establece la gratuidad de los cursos de admisión y de grado en todas las universidades públicas del país, en el Instituto Superior de Bellas Artes, Instituto Nacional de Educación Superior, en el Instituto de Formación Docente, dependiente del Ministerio de Educación y Ciencias y en el Instituto Nacional de Salud.
El decreto modifica los artículos 3°, 5° y 6° de la Ley N.° 4758/2012 “Que crea el Fondo Nacional de Inversión Pública y Desarrollo (Fonacide) y el Fondo para la Excelencia de la Educación y la Investigación”.
También se dispone que los estudiantes egresados de la Educación Media de instituciones educativas del sector oficial y de instituciones educativas del sector privado subvencionado quedan exentos del pago de todo tipo de aranceles en concepto de matrículas u otros relacionados a los cursos probatorios, de nivelación, preparatorios, de admisión y similares, impartidos por las universidades públicas del país.
La disposición también afecta al Instituto Superior de Bellas Artes, al Instituto Nacional de Educación Superior, los Institutos de Formación Docente dependientes del Ministerio de Educación y Ciencias y al Instituto Nacional de Salud, así como los aranceles por los exámenes de admisión correspondientes.
En situación de vulnerabilidad
La Ley de Arancel Cero beneficia a aquellos estudiantes egresados de la Educación Media que no sean de instituciones educativas del sector oficial o de instituciones educativas del sector privado subvencionado, que acrediten su situación de vulnerabilidad y que cumplan con lo establecido al beneficio de la exención de pagos de todo tipo de aranceles.
Todos estos beneficios que fueron reglamentados por el Poder Ejecutivo, son válidos para aquellos estudiantes que no hayan sobrepasado los cinco años luego de haber culminado sus estudios secundarios.
Otras de las modificaciones que realizó el Ejecutivo es lo relacionado con el acceso a la información pública, pues todas las instituciones educativas mencionadas, están obligadas a mantener de manera actualizada y periódica, la lista de los estudiantes beneficiados, que deberá ser publicada en plataformas digitales.