El proyecto de ley “Que establece la modernización del Sistema Estadístico Nacional (Sisen) y crea el Instituto Nacional de Estadística” fue sancionado por la Cámara de Diputados. Actualmente, se encuentra en el poder Ejecutivo para su promulgación.
Paraguay cuenta con la Ley de Estadística más antigua de América Latina y el Caribe, con 78 años de vigencia, y con esta nueva ley camina hacia su modernización.
La estructura actual, conforme a la Ley 11.126/1942, no se ajusta a los principios fundamentales de las estadísticas oficiales aprobadas internacionalmente, y no permite un adecuado funcionamiento del Sistema Estadístico Nacional.
La aprobación de la ley marca un hito en la historia del país tras un proceso que demandó alrededor de dos décadas, arrancando en el 2000 con un trabajo de consultoría con especialistas del Instituto Nacional de Estadísticas e Informática (INEI) de Perú, quienes se encargaron de elaborar el proyecto de ley inicial.
La ley de modernización del Sisen y la creación del INEI permitirán contar con información de calidad y oportuna que permita tomar decisiones en los ámbitos público y privado, resulta particularmente relevante en el contexto actual de pandemia.
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Además, otorgará un marco normativo moderno y sólido, que facultará a la Oficina Estadística (ONE) a ejercer rectoría y coordinación del Sisen, y permitirá reforzar la capacidad estadística del país en forma integral.
La Ley Nº 11.126/1942, vigente actualmente, data del año 1942, tiene 78 años de vigencia tras ser aprobada durante la presidencia de don Higinio Morínigo. Es un decreto de ley alineado a la “Constitución Nacional de 1940” que hace referencia a instituciones que han desaparecido del organigrama del Estado paraguayo y a una moneda ya fuera de circulación (peso a guaraní).
Además, no legisla absolutamente nada sobre el uso de medios electrónicos para la actividad estadística, cuestión vital para que la Dirección General de Estadística, Encuestas y Censos (DGEEC) pueda hacer un salto tecnológico. Hace referencia a un “Estatuto del Funcionario Público” que a la fecha ya se encuentra derogado por la Ley 1.626 “De la función pública”.
La nueva Ley
El proyecto de Ley INE 2020 está alineado a la Constitución Nacional de 1992 y a los Principios Fundamentales de las Estadísticas de NNUU, hace referencia a instituciones vigentes en el organigrama del Estado paraguayo e incorpora una visión sistemática además de contemplar que la actividad estadística se deberá regir por los principios de independencia técnica, centralización normativa y descentralización operativa, imparcialidad, calidad, confidencialidad, comparabilidad y coordinación del Sisen.
También contempla la creación del Consejo Nacional de Estadísticas como órgano consultivo del INE. Establece los requisitos, responsabilidad personal, funciones e insta a compatibilidades. El director nacional deberá ser de nacionalidad paraguaya, haber cumplido treinta años, gozar de reconocida honorabilidad, poseer título universitario de carreras afines a las funciones del INE y contar con probada idoneidad.
Contempla que la actividad estadística se deberá regir por los principios de independencia técnica, centralización normativa y descentralización operativa, imparcialidad, calidad, confidencialidad, comparabilidad y coordinación del Sisen. Mediante la mencionada ley también se crea el Consejo Nacional de Estadísticas como órgano consultivo del INE.
Para el periodo 2021-2022 se prevé diseñar y ejecutar la reingeniería institucional de la DGEEC para conformar el INE en función de los requerimientos de la aprobación de la nueva Ley de Estadística, implementar y poner en rutina interinstitucional la utilización del sistema Adapta.
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