El proyecto de declaración “que insta a las autoridades departamentales, locales e instituciones públicas a reforzar las acciones para proteger el Cerro Patiño, ubicado en el departamento Central”, presentado por el senador Juan Afara, presidente de la Comisión Nacional de Defensa de los Recursos Naturales (Conaderna), obtuvo la aprobación unánime de la Cámara de Senadores.
Conforme a la argumentación presentada por el senador Juan Afara, el Cerro Patiño protege y conserva una importante masa boscosa nativa. Se trata de un montículo situado en el noreste del departamento Central, perteneciente a la planicie de Ybytypanemá. Se encuentra entre las jurisdicciones de los municipios de Itauguá y Areguá.
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“Es un elemento de alto valor paisajístico en términos de servicios ambientales y protege de manera clave la cuenca del lago Ypacaraí y los acuíferos. Además, rige el microclima que sustenta la producción de la zona, que es la frutilla”, remarcó Afara. Agregó que, recientemente, la zona se vio afectada por un incendio de grandes dimensiones que afectó alrededor de cinco hectáreas del cerro y presumiblemente fue provocado de manera intencional mediante la quema de pastizales del lugar.
“A raíz de este incendio, surgen varios planteamientos que debemos instalar en una mesa de trabajo interinstitucional con las autoridades departamentales, locales e instituciones públicas, a fin de analizar las formas más convenientes de proteger al Cerro y evitar que vuelvan a suceder hechos punibles en el mismo”, continuó el proyectista.
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Mencionó además que el cerro es objeto de explotación de piedra y loteamiento, lo que va afectando la calidad de este recurso natural. Esta continua afectación del área obliga a su protección, por lo que el titular de la CONADERNA propuso desarrollar acciones específicas por parte de las instituciones para evitar su destrucción y asegurar su conservación.
La declaración posee siete artículos, el primero de los cuales reconoce la importancia del cerro Patiño debido a su flora y fauna estrechamente relacionada el ecosistema del Lago Ypacaraí, su importante masa boscosa nativa y su alto valor paisajístico. El segundo artículo insta a las autoridades departamentales y locales a ejercer un control estricto sobre el crecimiento urbano que afecta al cerro así como a prohibir toda actividad que pueda degradar ese recurso natural. El siguiente artículo insta al Ministerio Público a aplicar las máximas penas por los hechos punibles que pudieran darse en el lugar.
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Prohibir emprendimientos de urbanización
Igualmente, en el artículo cuarto se insta al Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) a analizar y proponer ante el Congreso Nacional una figura jurídica para proteger el cerro, además de exigir el cumplimiento de la Ley N° 294/1993 de “Evaluacion de Impacto Ambiental” para todas las actividades y obras ejecutadas en el cerro y su zona de amortiguamiento.
El artículo quinto insta a las municipalidades de Itauguá y Areguá a prohibir nuevos emprendimientos de urbanización o loteamiento, así como a verificar permisos para urbanización concedidos en administraciones anteriores. Sumado a ello, insta a censar a las personas instaladas en el cerro para el control de las actividades desarrolladas en el sitio, así como a destinar recursos municipales para la dotación e instalación permanente de una cuadrilla de control y combate de incendios.
El penúltimo artículo insta a la Gobernación del departamento Central a declarar de interés departamental la protección, recomposición y conservación del cerro Patiño. Asimismo, insta a dotar de infraestructura para un puesto de control y monitoreo permanente del cerro, así como a implementar campañas de educación ambiental con la población aledaña al cerro para concienciar sobre la importancia de este recurso natural.