Luego de que en redes sociales un médico de Ciudad del Este llamado Guillermo Rodríguez Duré emitiera mensajes poco alentadores, en realidad estaría atentando en contra de la emergencia sanitaria desatada por la pandemia del COVID-19, ya que expresa comentarios como: “no importan 100 reos que tienen coronavirus”; “no vamos a tener 10 pacientes internados”; “a los niños no les afecta y no se van a morir”; “CDE no va a volver a fase 0”, entre otros, desde hace varios meses, causando confusión en la población acerca del virus pandémico.
Días atrás, el mismo profesional de la salud denunciaba al Gobierno y al Ministerio de Salud Pública por amedrentarlo y censurarlo. Al respecto, La Nación conversó con el superintendente de Salud, Dr. Ignacio Mendoza, para conocer más acerca de la situación.
“En este momento hay que analizar la parte global y la amenaza que tenemos es la pandemia que está matando gente y nosotros no podemos estar perdiendo tiempo en estupideces”, expresó.
Recordó que desde el comienzo se había dicho que se les escuche a las autoridades pertinentes que del ministerio. “Son los que tienen la política a nivel nacional de conducir este tema que es tan peligroso y se está demostrando que no perdona a nadie. Entonces de repente aparecen agoreros que se tienen que manejar de acuerdo a la ética profesional primero. Como médico, hay normas que uno juró respetar”, afirmó.
Mendoza mencionó que luego están las normas jurídicas que también hacen que tenemos que manejarnos dentro de una estructura. “No es el criterio de hacerle callar a nadie. Cada uno puede criticar como sea y lo que sea, pero en cuanto a salud en este momento, por la magnitud del problema que nos está aquejando a todo el mundo, es el momento de que dejemos de aparecer como grandes protagonistas o querer ganar fama o intereses políticos. Es el momento de respetar, están muriendo colegas médicos que están al frente atendiendo a la gente, hay otros que ni siquiera atienden a pacientes con COVID-19 y desde su oficina opinan. Eso es lo que no está bien y la superintendencia tiene esa atribución legal y la ley nos faculta a hacer respetar las normas del Ministerio de Salud”, sostuvo.
Manifestó que la misión de la Superintendencia de Salud es hacer controlar la calidad de la prestación de todas las entidades prestadoras, llámense sanatorios, clínicas, centros de radiología, centros odontológicos o laboratorios. “Tenemos que controlar que la calidad que llegue al usuario sea buena y no le tomen el pelo a la gente o le hagan resultados negativos o adversos que no se ajusten a las normas”, apuntó.
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Aclaró que aprovechando una visita que se hacía por los departamentos de Itapúa y Alto Paraná, indicaron que vayan a visitarle y decirle que se interiorice de las normas que regulan la profesión. “Está muy claro, en la Constitución dice que cuando hay enfermedades de este tipo, pandemia, desastre, peste, tienen que someterse a la normativa del ministerio que es la única entidad rectora de salud. Que lea la Constitución, el código sanitario, porque una de sus manifestaciones fue defender a una persona que era COVID-19 positivo y estaba paseándose por la calle, además de entrar a negocios, supermercados y eso no está bien”, afirmó.
Indicó que está fehacientemente determinado en la ley y el código sanitario habla de las enfermedades transmisibles y está también determinada la sanción incluso, por eso se le avisó. “No es hacer callar ni actuar como dictadura, nada por el estilo. Después nomás averiguando vimos que figuraba en la lista como especialista en tal cosa y no encontramos en la ficha dónde se registra en el Ministerio de Salud”, agregó.
Sanción
El entrevistado explicó que ellos no tienen atribuciones para sancionar en este caso a profesionales y que el único que tiene capacidad y potestad es el Ministerio de Salud por ser el ente rector y que está en la ley. En ese sentido, citó la Ley 836 de Código Sanitario y el artículo 307, además del 310.
El artículo 307 expresa: Los profesionales, técnicos y auxiliares en ciencias de la salud serán pasibles de la suspensión por un plazo no mayor de 6 meses o la cancelación del registro por un término no mayor de 3 años, cuando los mismos rehuyan prestar sus servicios a un enfermo o lo abandone habiendo estado bajo su cuidado o por su negligencia sean responsables de la muerte o incapacidad de su paciente, o de la propagación de una enfermedad transmisible que ponga en grave riesgo la salud pública, así como los que expidan certificados, análisis, dictámenes o informes falsos o violen voluntariamente el secreto profesional.
Mientras que el artículo 310 señala: Se considerarán circunstancias agravantes la reiteración y la reincidencia, así como las transgresiones a las medidas dispuestas como obligatorias por el Poder Ejecutivo en un estado de emergencia. En estos casos se aplicará la mayor sanción al infractor.
“Él no está cumpliendo la normativa en este caso que tenemos emergencia sanitaria. Esto nosotros denunciamos y enviamos al Ministerio de Salud, que es el que debería actuar”, puntualizó el doctor Mendoza.
Refirió que esto crea problemas a nivel de la población. “La opinión pública se siente confundida y la propia asociación de médicos del Alto Paraná sacó un manifiesto cuestionando estas actitudes de médicos que no tienen ni siquiera experiencia ni atienden a pacientes con COVID-19 y se pegan el lujo de opinar, habiendo médicos y colegas que están sufriendo y muriendo”.