La Dirección Nacional de la Patrulla Caminera comunicó que nuevamente vuelve a extender la suspensión de aplicación de multas por vencimiento de documentos habilitantes para vehículos que circulan en rutas nacionales hasta el 30 de setiembre.

“A través de la disposición 1/2020 se dispone de una nueva consideración temporal para la aplicación de sanciones por vencimiento de documentaciones hasta el 30 de setiembre del 2020, conforme al Dictamen CGJ Nº 103/2020 de la Coordinación General Jurídica de esta institución”, señala el comunicado emitido esta mañana.

Dicha disposición rige desde la emisión del Decreto Nº 3.442/2020 con fecha 9 de marzo del 2020, como medidas coadyuvantes a la implementación de acciones preventivas ante el riesgo de la expansión del COVID-19.

Esto significa que todavía no se aplicarán multas por vencimiento de documentos como el registro de conducir, habilitación vehicular, habilitación de Dinatran y de la chapa provisoria. Se aclara que todas las documentaciones vencidas con anterioridad al decreto son pasibles de sanción acorde a la normativa legal vigente.

La Dirección Nacional de la Patrulla Caminera extendió la suspensión de aplicación de multas por vencimiento de documentos habilitantes para vehículos que circulan en rutas nacionales hasta el 30 de setiembre. Foto: Gentileza.

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Servicios de buses al interior no funcionan los fines de semana

La suspensión de buses continúa vigente desde el pasado 23 de agosto hasta el 6 de setiembre por la emergencia sanitaria y afecta al servicio de origen y destino Asunción/Central.

Mediante sus redes sociales, la Dirección Nacional de Transporte (Dinatran) informó que en el marco del decreto 3.964/20 se dispone la suspensión del servicio de media y larga distancia los sábados y domingos desde el 23 de agosto hasta el 6 de setiembre por la emergencia sanitaria del COVID-19. Solo alcanza al servicio de origen y destino Asunción/Central, los demás siguen normales.

La resolución indica que se suspende temporalmente el servicio regular de autotransporte público de pasajeros de media y larga distancia en todas las líneas nacionales con origen y destino a Asunción (capital) y al XI Departamento Central, que se hallen bajo las competencias de la Dirección Nacional de Transporte (Dinatran), de conformidad a los lineamientos establecidos en el decreto Nº 3.964/2020.

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