El Ministerio de Justicia (MJ) anunció que a partir de mañana serán habilitadas nuevamente las visitas sociales a los reclusos de todas las penitenciarías del país, regidos a los protocolos sanitarios establecidos.
Sin embargo, precisó que la prueba obligatoria del COVID-19 para el ingreso, que había sido propuesta por la cartera del Estado, finalmente no será implementada.
Señalaron que, en una primera etapa, el protocolo será implementado únicamente en las penitenciarías, quedando pendientes los centros educativos.
Esto, en el marco de la resolución Nº 365 que aprobó el “Protocolo para la admisión de visitas sociales a las personas privadas de libertad (PPL) y adolescentes en conflicto con la ley penal (ACLP) en centros penitenciarios y educativos, en el marco de la emergencia sanitaria ante la pandemia del COVID-19”.
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Protocolo
En el protocolo, que está establecido acorde a la regulación del Ministerio de Salud Pública, figuran también las indicaciones para gestionar las visitas virtuales. Esto, en base a un sistema de agendamiento informático, a través del cual las personas privadas de libertad deben comunicar los datos del visitante y la administración de cada penal se encargará de ponerse en contacto con el familiar y de comunicarle el turno que le corresponda. Las personas que no figuran en el sistema, no podrán ingresar.
La resolución emitida por el Ministerio de Justicia aclara además que no ingresarán las personas con temperatura igual o superior a 37.5 °C o antecedentes de fiebre en las últimas 24 horas, tampoco podrán entrar si cuentan con cuadro respiratorio (tos, estornudos, rinorrea, dolor de garganta).
Más restricciones
Tampoco podrán ingresar los adultos mayores de 65 años, menores de 18 años de edad y mujeres embarazadas o que se encuentran en periodo de lactancia. Los visitantes no deben llevar encomiendas. Otras de las exigencias será el lavado de manos y el uso de tapabocas, se establecen puntos que deben ser considerados para el ingreso de los visitantes.
El espacio para las visitas sociales deberá permitir el distanciamiento físico mínimo de dos metros y sólo será admitido un visitante por persona privada de libertad o adolescente en conflicto con la ley penal. Mientras que el horario habilitado será como máximo de tres horas por día y durará entre 40 y 45 minutos, debiendo el visitante retirarse una vez cumplido el tiempo.
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