La Secretaría General del Ministerio de Hacienda anunció a través de un comunicado la suspensión de sus servicios de atención al público en todas sus dependencias, a partir del mañana hasta el miércoles 25 de marzo, como medida de prevención de propagación del COVID-19, en el marco decreto presidencial N° 3442/2020.
A tal efecto, se implementará el siguiente procedimiento para la recepción y tramitación de documentos en el ámbito de sus competencias, utilizando los medios tecnológicos disponibles para la continuidad de los servicios prestados:
- Las solicitudes para tramitación o gestiones deberán ser remitidas a la dirección de correo electrónico secretaria_general,@hacienda.gov.py, adjuntando las documentaciones de manera digital, en los formatos admitidos por el sistema informático de mesa de entrada (SIME), en PDF o JPG, en un tamaño máximo de hasta 20 MB. En caso de sobrepasar dicho tamaño, será necesario dividir en más de un archivo.
- Las documentaciones remitidas serán verificadas a fin de comprobar que las mismas reúnan los requisitos mínimos para ser ingresados al SIME.
- Una vez registrada la solicitud en el SIME, se notificará al remitente, vía correo electrónico, la contraseña en formato PDF, con el correspondiente número de expediente, el sello oficial, la fecha y la firma electrónica del operador responsable del registro.
- Las solicitudes recepcionadas luego de las 15:00 serán ingresadas a partir de las 07:00 del día hábil siguiente.
- Para el seguimiento y consultas de expedientes se encuentran habilitadas las lineas telefónicas (021) 440 010 y (021) 414 6533, de lunes a viernes, en el horario comprendido de 07:00 a 15:00 horas; asimismo, las consultas podrán realizarse en la página web del Ministerio de Hacienda, ingresando a la opción servicios on line, «Estado de Expedientes», o bien directamente a través del link https://consulta.hacienda.gov.py/sime-client/ ingresando el número de expediente asignado. También descargando gratuitamente la APP del Ministerio de Hacienda.
En ese sentido, la cartera de Estado sostiene que estas medidas se circunscriben exclusivamente a las gestiones realizadas ante esta Secretaría General, quedando a criterio de las demás dependencias de este Ministerio (SET, SEE, Direcciones General de Jubilaciones y de Pensiones No Contributivas. de Departamentos y Municipios, Servicio Nacional de Catastro. Abogacía del Tesoro) la modalidad de trabajo adoptada en sus respectivas mesas de entrada.