Más de 10 mil personas privadas de su libertad sin condena podrían ejercer su derecho al voto de candidatos para cargos públicos desde el 2020. La propuesta forma parte de la reforma del Código Electoral que se lleva en el Congreso Nacional y es apoyada por el Ministerio de Justicia.

La Dra. Cecilia Pérez, ministra de Justicia, comentó que la iniciativa responde a un proyecto de Ley presentado por el senador liberal Víctor Ríos, con el cual se busca que los presos sin condena no pierdan el derecho al voto.

“Es parte de la Reforma del Código Electoral. Espera aún su discusión en el Congreso. Este año no se abordó el tema y quizás en el 2020 ya se trate”, indicó la alta funcionaria, en comunicación con la 800 AM.

Peréz señaló que la Constitucional Nacional establece que las personas condenadas son a quienes se les restringe el derecho al voto. En ese contexto, las personas privadas de libertad, y sin condena, deberían de poder votar, según acotó.

Sin condena

La secretaria de Estado dice que la laguna legal yace en el Código Electoral, cuya normativa dice que la persona privada de su libertad no podrá votar. Lo que no hace este texto legal es discriminar. Es decir, no indica si no deben votar presos con o sin condena.

Pérez aseveró que las personas sin condena deberían de ejercer libremente su derecho al voto. Recordó en ese sentido, como ejemplo, cuando se llega al final de una sentencia condenatoria, la Ley indica que se debe oficiar la comunicación de la misma a la Justicia Electoral, a modo de que la persona afectada pueda volver a votar.

En la actualidad existen 10.920 reclusos de diferentes penales del Sistema Nacional Penitenciario y que no cuentan con condenas firmes. El objetivo es que estén habilitados desde el año que viene para que puedan sufragar en las municipales; internas y generales, del 2020.

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