La Cámara de Senadores aprobó sobre tablas que la implementación de las tobilleras electrónicas a procesados o condenados, sea a través del Poder Ejecutivo. El documento pasa a Diputados para su consideración.

La ley número 5863 establece la implementación de los dispositivos electrónicos de control para el sistema penal (pulsera o tobillera electrónica).

Inicialmente en el articulo número 7 establece que la implementación y monitoreo de control corresponderá a la Corte Suprema de Justicia, pero como dicha institución no tiene la infraestructura necesaria para realizar esos controles, decidieron que el Poder Ejecutivo determine por reglamentación si corresponde al Ministerio del Interior o de Justicia. Esa es la modificación que se plantea.

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Descongestionar cárceles

La senadora Desirée Masi dijo que en algún momento se habrá que modificar dicha ley, depende de lo que pase con la ley 245 del Código Penal que establece las medidas alternativas o sustitutivas de la prisión preventiva, porque en la realidad no se podrá usar las tobilleras.

“En el artículo 3, 4 y 5 donde dice cuáles son las personas que deberán tener este tipo de control, como los que tiene prisión domiciliaria, salida transitoria etc. Pero agregaron en un artículo al final que las personas imputadas, acusadas o condenadas por crímenes o que hayan reingresado al sistema penal por orden judicial no podrán ser beneficiadas con las pulseras electrónicas”, explicó.

Atendiendo la situación de crisis penitenciaria, las autoridades pertinentes consideran que el uso de las pulseras electrónicas ayudará a descongestionar las cárceles y además se tendrá un mejor control a través del monitoreo.

Por falta de presupuesto, la Corte Suprema de Justicia hasta el momento no puso en marcha este sistema, teniendo en cuenta que según establece la ley, la misma debió entrar en vigencia en setiembre del año 2018.


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