La Secretaría Nacional de Cultura declaró el día de ayer como bien de valor patrimonial al sitio construido por el Parque Nacional Vapor Cué de Caraguatay, departamento de Cordillera.
La resolución emitida al respecto alcanza de igual manera al Museo Naval desde 1978, y el Monumento Naval, así como los Buques Amambay y Piravevé, reconstruidos sobre la quilla y las cuadernas originales, las calderas y restos de otros cuatro buques, y al entorno no construido que organiza y relaciona todos los elementos del Conjunto Histórico Patrimonial.
"Este es lugar más importante para la historia militar del Paraguay. Nuestro país era el único en su época capaz de construir buques de metal. Teníamos una flota importante durante la Guerra de la Triple Alianza. Hasta que, finalmente, los buques fueron hundidos por los propios paraguayos para que no caigan en manos del enemigo", recordó este miércoles Fernando Griffith, titular de la SNC, en contacto con la 970 AM.
Sello legal
En relación a la declaración, el alto funcionario explicó que la misma implica que nadie podrá alterar, intervenir, tocar, sacar o llevar algo del lugar. "Le pusimos un sello legal de advertencia para controlar y así también que todos los estamentos del Estado sumen sus esfuerzos para la protección de este lugar", dijo.
Aclaró que -de todas formas- el sitio representa un patrimonio histórico. Sin embargo, ahora con la ley actual, se le atribuye mayor protección con marcos legales más específicos con la Resolución SNC N° 607/2017.
Conservación
En el considerando hace mención al artículo 81 de la Constitución Nacional, que hace referencia al Patrimonio Cultural y que expresa que "Se arbitrarán los medios necesarios para la conservación, el rescate y la restauración de los objetos, documentos y espacios de valor históricos, arqueológico, paleontológico, artístico y científico, así como de sus respectivos entornos físicos, que hacen parte del Patrimonio Cultural de la Nación"
Así también el artículo 1 de la Ley N° 5.621/2016 de Protección del Patrimonio Cultural que expresa que "esta Ley tiene como objeto la protección, la salvaguardia, la preservación, el rescate, la restauración y el registro de los bienes culturales de todo el país, así como la promoción, difusión, estudio, investigación y acrecentamiento de tales bienes".