La Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) recuerda a los contribuyentes los vencimientos para la pre­sentación y pago de las decla­raciones juradas del impuesto al valor agregado (IVA), del impuesto a la renta personal (IRP) y de los impuestos a las rentas.

En dichas normativas se dis­pone que a cada último dígito del registro único de con­tribuyente (RUC) (último número de la cédula), sin con­siderar el dígito verificador, le corresponde un día de venci­miento, fecha fija de cada mes.

Los vencimientos impositi­vos comienzan el día 7 y fina­lizan el día 25 de cada mes. En los casos en que el venci­miento conforme a las fechas fijas de cada mes correspon­diere a un día inhábil, dicho vencimiento se trasladará al primer día hábil inmediato siguiente, sin que ello impli­que el diferimiento de los demás vencimientos. Estas y otras informaciones del ámbito fiscal están disponi­bles en la página web: www.dnit.gov.py

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