La Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) recuerda a los contribuyentes los vencimientos para la presentación y pago de las declaraciones juradas del impuesto al valor agregado (IVA), del impuesto a la renta personal (IRP) y de los impuestos a las rentas.
En dichas normativas se dispone que a cada último dígito del registro único de contribuyente (RUC) (último número de la cédula), sin considerar el dígito verificador, le corresponde un día de vencimiento, fecha fija de cada mes.
Los vencimientos impositivos comienzan el día 7 y finalizan el día 25 de cada mes. En los casos en que el vencimiento conforme a las fechas fijas de cada mes correspondiere a un día inhábil, dicho vencimiento se trasladará al primer día hábil inmediato siguiente, sin que ello implique el diferimiento de los demás vencimientos. Estas y otras informaciones del ámbito fiscal están disponibles en la página web: www.dnit.gov.py