En ejercicio de sus atri­buciones, el Banco Central del Paraguay (BCP) resolvió ajustar los por­centajes máximos de las comi­siones por la intermediación en pagos con tarjetas de cré­dito y débito. La resolución está dirigida a los emisores y las operadoras que prestan ser­vicios de intermediación en pagos electrónicos (con tarje­tas de crédito y débito).

Los nuevos porcentajes máxi­mos de comisiones de interme­diación serán implementadas en un esquema de reducción gradual que permita a las enti­dades disponer del tiempo necesario para su implemen­tación, que fue establecido de la siguiente manera. El inte­rés primordial del BCP es arbi­trar los mecanismos idóneos para incentivar la utilización eficiente de las tarjetas de cré­dito y débito, ya que las mismas constituyen medios de pago que sustituyen al dinero en efectivo, siempre velando por un adecuado marco de protec­ción al consumidor financiero, a través de la adecuación de las normativas relacionadas a la emisión, operativa y adminis­tración de tarjetas de crédito y débito.

Los nuevos porcenta­jes máximos de comisiones de intermediación serán imple­mentadas en un esquema de reducción gradual que per­mita a las entidades disponer del tiempo necesario para su implementación, que fue esta­blecido de la siguiente manera. A partir del 1 de julio de 2025, 4 % será para las tarjetas de cré­dito, y 3 % para las tarjetas de débito. El porcentaje irá dismi­nuyendo, pues a partir del 1 de julio de 2026 será 3 % para las tarjetas de crédito, y 2 % para las tarjetas de débito.

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Con la reducción del porcen­taje máximo de estas comi­siones se obtendrán efectos positivos en distintos niveles, como en el fomento del uso de medios electrónicos de pago, reduciendo el uso del dinero físico en el mercado y promo­viendo los pagos electróni­cos. Traerá impulso a la inclu­sión financiera, al facilitar el acceso a servicios bancarios a los comercios y más sectores de la población en general. Habrá mayor competitividad y forma­lización, impulsando la diver­sificación de opciones de pago y fomentando el uso de pagos electrónicos gracias a la reduc­ción de comisiones. Esto con­tribuye a la transparencia en las transacciones comerciales y a la formalización del sector.

INTERMEDIACIÓN

Se entiende como operadoras a todas las entidades que pres­ten servicios de intermedia­ción en pagos electrónicos con tarjetas de crédito y/o débito, así como a aquellas que par­ticipen en cualquier etapa del proceso de intermediación de dichos pagos, sin distinción de los medios utilizados ni de las funciones que desempeñen dentro de dicho proceso.

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