La Dirección General del Ser­vicio Nacional de Catastro (DGSNC), dependiente de la Gerencia General del Minis­terio de Economía y Finanzas (MEF), recuerda a los profe­sionales ingenieros y arqui­tectos realizar la inscripción anual correspondiente para estar habilitados para la pre­sentación de documentos téc­nicos ante la dependencia.

Dicha exigencia está estable­cida en la Resolución SNC N° 24/24, de fecha 10 de enero de 2024, “Por la cual se esta­blecen requisitos documen­tales de inscripción de profe­sionales para la presentación de documentos técnicos ante el Servicio Nacional de Catas­tro, dependiente del Ministe­rio de Economía y Finanzas”.

Para la presentación de las documentaciones técnicas respectivas, los profesionales responsables deberán gestio­nar previamente su inscrip­ción anual del Ejercicio Fiscal 2025, con la presentación de toda la documentación exi­gida en formato papel, vía Mesa de Entrada de los loca­les de atención al público, tanto de la capital como de las agencias regionales.

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A QUIÉNES AFECTA LA MEDIDA

La mencionada resolución tiene alcance sobre los ingenie­ros geógrafos y ambientales, ingenieros en Ciencias Geográ­ficas, licenciados en Ciencias Geográficas, ingenieros Geo­désicos Ambientales, topógra­fos, agrimensores, ingenieros civiles, ingenieros civiles con Plan Topógrafo y arquitectos.

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