La Dirección General del Servicio Nacional de Catastro (DGSNC), dependiente de la Gerencia General del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), recuerda a los profesionales ingenieros y arquitectos realizar la inscripción anual correspondiente para estar habilitados para la presentación de documentos técnicos ante la dependencia.
Dicha exigencia está establecida en la Resolución SNC N° 24/24, de fecha 10 de enero de 2024, “Por la cual se establecen requisitos documentales de inscripción de profesionales para la presentación de documentos técnicos ante el Servicio Nacional de Catastro, dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas”.
Para la presentación de las documentaciones técnicas respectivas, los profesionales responsables deberán gestionar previamente su inscripción anual del Ejercicio Fiscal 2025, con la presentación de toda la documentación exigida en formato papel, vía Mesa de Entrada de los locales de atención al público, tanto de la capital como de las agencias regionales.
A QUIÉNES AFECTA LA MEDIDA
La mencionada resolución tiene alcance sobre los ingenieros geógrafos y ambientales, ingenieros en Ciencias Geográficas, licenciados en Ciencias Geográficas, ingenieros Geodésicos Ambientales, topógrafos, agrimensores, ingenieros civiles, ingenieros civiles con Plan Topógrafo y arquitectos.