El Banco Central del Paraguay (BCP) dispuso como medida transitoria para el sector productivo la formalización de las renovaciones, refinanciaciones o reestructuraciones del capital, plazos y otros. La disposición estará vigente hasta el 30 de setiembre de este 2024, a fin de mitigar efectos adversos que sufren los productores.
A través de la resolución n.° 20, indicaron que las entidades financieras podrán dejar de considerar las pérdidas comprobables que deriven de los efectos climáticos adversos como la sequía o inundaciones, como debilidades financieras transitorias o dudas razonables sobre el reembolso del crédito.
Esto corresponderá “hasta la fecha del nuevo acuerdo o contrato de aquellos préstamos otorgados a los sectores vinculados a la actividad agrícola y ganadera afectados por impactos adversos de la naturaleza” y por lo cual se interrumpirá el cómputo del plazo de la mora.
Para los riesgos mayores, de modo de asegurar su viabilidad financiera, será imprescindible realizar un análisis previo, de forma individual o por sectores económicos o actividades similares o por grupo de clientes con perfil de riesgo similar, explicaron.
LISTADO DE CLIENTES
Igualmente se dispuso que, a los efectos de la clasificación del deudor, los saldos de créditos beneficiados por esta normativa no sean ponderados con las demás operaciones de crédito de la misma o distinta naturaleza que hayan sido otorgadas al cliente y no se hayan beneficiado con estas medidas transitorias.
El listado de clientes beneficiados será remitido a la Superintendencia de Bancos a fin de minimizar los efectos económicos adversos generados por los factores naturales, evitando el impacto negativo en su calidad de sujetos de crédito.