Desde el Centro de Impor­tadores del Paraguay (CIP) cuestionan la medida caute­lar otorgada por la Justicia a una empresa para importar productos alimenticios sin pasar por los registros sani­tarios. Señalan que todos los productos, tanto nacionales como importados, deben se registrados como lo establece el Código Sanitario.

Iván Dumot, titular del CIP, aclaró que todos los pro­ductos, sean de fabricación nacional o de importación, que sean destinados para consumo humano, tienen que pasar por un registro sanita­rio tal como está establecido en el Código Sanitario, dijo en comunicación con la 650 AM.

Hay que recordar que la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia otorgó una medida a una empresa de Ciudad del Este, por la cual permite importar alimentos y bebidas sin necesidad de con­tar con el Registro Sanitario, lo que es exigido por el Código Sanitario. Con esto, la firma está libre de pasar por un aná­lisis de calidad e inocuidad de los productos alimenticios y de verificación de los requisitos de transporte y almacenamiento, que son fundamentales para la seguridad y protección de la salud de la población.

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“Lo que está haciendo la Corte en estos momentos, a través de una medida cau­telar, es que esta empresa de CDE solicita una inconstitu­cionalidad contra este Código Sanitario”, dijo.

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