Desde el Centro de Importadores del Paraguay (CIP) cuestionan la medida cautelar otorgada por la Justicia a una empresa para importar productos alimenticios sin pasar por los registros sanitarios. Señalan que todos los productos, tanto nacionales como importados, deben se registrados como lo establece el Código Sanitario.
Iván Dumot, titular del CIP, aclaró que todos los productos, sean de fabricación nacional o de importación, que sean destinados para consumo humano, tienen que pasar por un registro sanitario tal como está establecido en el Código Sanitario, dijo en comunicación con la 650 AM.
Hay que recordar que la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia otorgó una medida a una empresa de Ciudad del Este, por la cual permite importar alimentos y bebidas sin necesidad de contar con el Registro Sanitario, lo que es exigido por el Código Sanitario. Con esto, la firma está libre de pasar por un análisis de calidad e inocuidad de los productos alimenticios y de verificación de los requisitos de transporte y almacenamiento, que son fundamentales para la seguridad y protección de la salud de la población.
“Lo que está haciendo la Corte en estos momentos, a través de una medida cautelar, es que esta empresa de CDE solicita una inconstitucionalidad contra este Código Sanitario”, dijo.