En las primeras dos semanas de enero, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) recibió 286 denuncias contra 201 empresas por incumplimiento del pago de aguinaldo.La institución también empezó el proceso de fiscalización de los establecimientos que no acudieron a la conciliación para ponerse al día con sus trabajadores, y tramita los pedidos de órdenes judiciales de allanamiento para ingresar a aquellas empresas que recurrieron a mecanismos obstructivos para impedir la inspección, publicó el portal IP.
Del total de denuncias recibidas, 207 son nominales y 79 anónimas. En cuanto al medio que utilizaron los trabajadores para hacer saber la vulneración de su derecho a percibir el aguinaldo, 160 lo hicieron de manera presencial, 72 a través del WhatsApp, 53 vía online y 1 mediante llamada telefónica.
Un 57,5 % de las denuncias afecta a empresas de Asunción y Central y el 42,5 % a establecimientos del interior del país. Otros datos que arrojan los registros del MTESS es que el 65 % de los denunciantes son varones y el 35 % mujeres.
En el marco del operativo aguinaldo, la cartera de Trabajo también comenzó el proceso de fiscalización de empresas, con el objetivo de garantizar el respeto de los derechos laborales y asegurar que los trabajadores reciban los beneficios correspondientes.
Los primeros procedimientos de inspección abarcaron a empresas de la construcción, de transporte y de servicios de limpieza, las cuales figuran entre los sectores con mayor cantidad de denuncias por incumplimiento del pago del aguinaldo, junto con el rubro de comercio y de seguridad.
La orden de fiscalización se emite luego de que la empresa no haya comparecido a la instancia de conciliación entre las partes, en la que se busca el cumplimiento de la remuneración complementaria. El proceso puede culminar en una multa administrativa a la patronal denunciada, que va de 10 a 30 jornales mínimos por cada trabajador afectado.
Igualmente, el MTESS alista los trámites para ingresar a aquellas empresas que se negaron a ser fiscalizadas. El artículo 18 de la Ley n.º 5115/2013 autoriza a la institución a recurrir a un juez competente para una orden de allanamiento de los establecimientos y de instituciones y entidades públicas y privadas, en caso de oposición a que sean inspeccionados y hacer uso de la fuerza pública a dicho efecto.