La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) informó ayer que en la página web de la organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) ya se encuentra el perfil del Paraguay, respecto a los avances y actualidad en la legislación nacional sobre la implementación de precios de transferencias.
Señalan que los perfiles publicados en la página de la organización se centran en la legislación nacional de los países con respecto a los principios clave de precios de transferencias, incluido el principio de plena competencia, los métodos de precios de transferencias, el análisis de comparabilidad y la propiedad intangible.
Así también, indicaron que en la web de la OCDE, se podrán encontrar informaciones sobre los servicios intragrupo, los acuerdos de contribución de costos, la documentación de precios de transferencia, los enfoques administrativos para evitar y resolver disputas, puertos seguros y otras medidas de implementación.
Explicaron que la información contenida en estos perfiles pretenden reflejar claramente el estado actual de la legislación de los países e indicar en qué medida sus reglas siguen las directrices de los precios de transferencias de la OCDE.
En la lista que ya está disponible, Paraguay figura como uno de los países recientemente incluidos al igual que Bosnia y Herzegovina. Desde la OCDE indicaron que continuarán actualizando los perfiles de países de precios de transferencia existentes e incluirá nuevas jurisdicciones a medida que se envíe la información a la Secretaría de la OCDE.
¿QUÉ SON PRECIOS DE TRANSFERENCIA?
Los Precios de Transferencia son los precios y márgenes pactados entre partes relacionadas o vinculadas y que estos deben respetar el Principio de Independencia (Principio Arm’s Length, Principio de Plena Competencia, Principio de Plena Independencia, Principio del Operacod Independientes, entre otros); es decir, que estos precios o márgenes deben ser pactados en las mismas condiciones en que lo hubiesen pactado partes independientes y, de no ser así, se debe cuantificar su afectación en la utilidad y someterla a imposición. Desde el 2021, Paraguay se alineó con el escenario tributario internacional y estableció dentro de la normativa tributaria local las Normas de Valoración de Operaciones entre Partes Vinculadas, según publica BDO Paraguay.