La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) informó que, a través de la Resolución General N° 128/2023, se trasladaron de forma excepcional las fechas de vencimientos para la pre­sentación de las declaracio­nes juradas determinati­vas y el pago de impuestos correspondientes a la 3ra. y 4ta. prescripción de este mes. Indicaron que los contribu­yentes cuyas terminaciones de RUC finalicen en 2 y 3, con fecha de vencimiento normal en el 11 y 13 de marzo se tras­ladaron al 14 de marzo. Los demás plazos de vencimien­tos se mantendrán inaltera­bles conforme al calendario perpetuo.

También fue prorrogado el plazo para la presentación de los Estados Financieros de los contribuyentes del impuesto a la renta empre­sarial (IRE) que liquidan dicho tributo por el régimen general y con cierre del ejer­cicio fiscal al 31 de diciembre, el cual podrá ser presentado hasta junio de este 2023.

Los referidos informes debe­rán presentarse conforme al calendario de vencimientos de Declaraciones Juradas Informativas previsto en el Artículo 6° de la Resolu­ción General N° 38/202. En el caso de los plazos para la presentación de los estados financieros para aquellos contribuyentes del IRE con fecha de cierre en los meses abril y junio del 2023 se man­tendrán invariables, sostu­vieron en el documento que fue ratificado por el vicemi­nistro, Óscar Orué. Aclaran que se tiene como propósito fundamental lograr el cum­plimiento voluntario de los ciudadanos con el objetivo de alivianar la carga de los contribuyentes afectados. Esto, para evitar la genera­ción de incumplimientos que conllevan la aplicación de sanciones tributarias, por lo cual consideraron viable disponer excepcionalmente el traslado de las fechas men­cionadas.

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