La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) publicó nuevas medidas impositivas esta­blecidas por el Poder Ejecu­tivo, las cuales corresponden a combustibles y al régimen de turismo. Según indicaron en el documento, ante la ines­tabilidad del precio interna­cional del petróleo, a través del Decreto N° 8.896/2023, se dispuso la reducción tem­poral de la base imponible del impuesto selectivo al consumo (ISC) para la importación del gas oil/diésel tipo III hasta el próximo 31 de marzo.

Se refiere que este tipo de carburante es el de mayor impacto en la eco­nomía, puesto que es el que se utiliza para el transporte de carga así como el de personas, y la persistencia de la coyun­tura económica generada por la inestabilidad del precio del petróleo exige mantener las medidas fiscales excepcionales direccionadas a alivianar las cargas tributarias de los con­tribuyentes al momento de la importación y compra.

En cuanto al régimen de turismo se estableció hasta el 30 de abril el plazo de vigencia del Decreto N° 8.048/2022, por el cual se fijó la base imponi­ble del 5% para la liquidación del impuesto al valor agregado (IVA) al momento de la impor­tación de los bienes compren­didos en el anexo al Decreto 1.931/2019, debido a la necesi­dad de mantener las menciona­das medidas fiscales para dina­mizar el comercio.

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Por último, hasta el 30 de abril se prorrogó el plazo de vigencia del Decreto N° 8.782/2023, por el cual se dispuso la modificación tempo­ral al 0,5% de las tasas del ISC para bienes como máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento de datos y sus unidades; lectores magnéticos u ópticos, copiadoras, hecto­gráficas, mimeógrafos, máqui­nas de imprimir direcciones, aparatos de grabación o repro­ducción de sonido, entre otros.

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