Hasta la quincena inicial de enero suman un total de 65 denuncias en contra de empresas por no haber abonado el aguinaldo a sus trabajadores, de las cuales 14 ya cumplieron con el pago del beneficio tras la mediación realizada por funcionarios del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS). Así también, otras 6 fueron nuevamente llamadas a comparecer ante la inasistencia en la primera cita.
Los afectados inicialmente fueron un total de 128 trabajadores que realizan sus labores principalmente en Asunción, los departamentos de Central, Cordillera, Concepción y Alto Paraná, sobre todo de los sectores de panadería, cerámica, gastronomía y seguridad privada. Aclaran que las firmas que no cumplieron con la norma son pasibles de una multa de 10 jornales mínimos por cada trabajador.
LO QUE DICE LA LEY
El artículo 243 del Código del Trabajo establece una remuneración anual complementaria o aguinaldo, equivalente a la doceava parte de las remuneraciones devengadas durante el año calendario a favor del trabajador en concepto de salario, horas extraordinarias, comisiones u otras, la que puede ser abonada hasta el 31 de diciembre, o cuando termine la relación laboral si ello ocurre antes de esa época del año.
En caso de que el empleador no pague el aguinaldo, el trabajador puede hacer su denuncia en forma presencial en la sede del Ministerio de Trabajo, sobre Luis Alberto de Herrera esquina Paraguarí, Asunción, así como en las oficinas regionales del interior del país. Otras vías habilitadas son: denuncias online, a través del Whatsapp, con el número telefónico (0962) 174-000 o mediante llamada al (021) 7290100, internos 551 y 552.