El Banco Central del Paraguay (BCP) aclaró que las entidades financieras no están obligadas a aceptar billetes dañados pese a que sean mínimos. Mencionaron que depende de las políticas internas de cada entidad, por lo que no se dispone de ningún tipo de imposición para las financieras, bancos y casas de cambios.
La Resolución N° 7, acta 68 de la fecha 25 de noviembre del 2022, en cuanto a la comercialización de billetes con daños mínimos que deben aceptar dichas entidades, lo que dispone es justamente, el procedimiento y las condiciones mínimas para realizar remesas físicas de divisas al exterior.
UN PROBLEMA
La medida no dispone de manera alguna ni obligación a las entidades para realizar remesas, ni cuestiones relativas a la comercialización de billetes con daños mínimos que deban aceptar las entidades financieras puesto que hace referencia a políticas internas de cada entidad financiera. Casas de cambios cuestionaron dicha resolución porque si bien aceptan los billetes con daños, no pueden realizar las ventas al exterior, derivando en un problema bastante importante.