La Dirección General de Personas y Estructuras Jurídicas y de Beneficiarios Finales (DGPEJyBF), del Ministerio de Hacienda, informó y recordó a las personas y estructuras jurídicas que el pasado diciembre del 2021 el Poder Ejecutivo promulgó la Ley N° 6879/21. La legislación establece un régimen especial y transitorio para reconducción de sociedades anónimas (SA) incumplidoras de la Ley N° 5895/2017, “Que establece reglas de transparencia en el régimen de las sociedades constituidas por acciones”, modificada por la Ley N° 6399/2019.
Informaron que tras la vigencia de la Ley N° 6872/21, está a consideración del Ejecutivo el decreto reglamentario y, una vez aprobado el mismo, se estarán recibiendo las solicitudes de comunicaciones asamblearias, de modificación de estatutos y otros trámites con alcance a esta ley. Una vez emitida la disposición referida, se comunicará de nuevo a todos los usuarios, avisó Hacienda. Según el diputado Juan Carlos Galaverna, la normativa tiene como objetivo transparentar las sociedades, además de individualizar a cada uno de los accionistas y dejar de lado el anonimato de las sociedades comerciales.
El Régimen de las SA sufrió un cambio sustancial con la Ley 5895, con la eliminación de las acciones al portador y la obligatoriedad del canje de estas por acciones nominativas.