Tras la larga protesta de los camioneros que pedían cobrar un mayor porcentaje por el servicio de flete que ofrecen, la negativa de estudiar la pro­puesta como ley y la solución planteada por el Ejecutivo, el sector del transporte de carga comienza a formalizarse pau­latinamente.

El sector de transporte de cargas registró un total de 15.955 contribuyentes al cie­rre del mes de agosto del pre­sente año, lo que representa un incremento del 7,6% respecto a la cantidad que se detectó en el 2020, que fue de 14.827 contribuyentes, informa­ron desde la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET).

Con el Decreto N° 5791/20211, emitido por el Poder Ejecu­tivo, se busca la formaliza­ción de los trabajadores del sector de transporte terres­tre de carga. Desde este punto de vista, la Subsecretaría de Estado de Tributación realizó una verificación de sus regis­tros y constató el incremento en la cantidad de contribu­yentes que declaran algún tipo de actividad económica relacionada con el transporte de carga terrestre.

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COMPARATIVO CON 2020

El viceministro de Tribu­tación, Óscar Orué, señaló que es importante remarcar que, siguiendo con las medi­das adoptadas mediante las disposiciones normativas vigentes, este indicador de incremento de la cantidad de contribuyentes en compara­ción al ejercicio fiscal 2020.

“Resulta interesante para las partes involucradas, gene­rando un marco apropiado para alcanzar los objetivos de formalización y transparen­cia dentro del sector”, expresó el subsecretario de Estado.

Agregó que, en el 2019, el total de contribuyentes que declaran algún tipo de activi­dad comercial relacionada al transporte de cargas fue de un total de 13.542. “Los números demuestran que se ha regis­trado un incremento soste­nido en el mencionado sec­tor, por lo que es importante teniendo en cuenta la forma­lización del sector”, explicó.

Prorrogan vigencia de arancel 0% a importaciones

Medida se extiende hasta el 31 de diciembre próximo y afecta a los bienes de capital.

El Poder Ejecutivo dispuso la prórroga de la vigencia del Decreto N° 3.528/2020 por el cual se estableció la reduc­ción temporal de aranceles a la importación para bie­nes de capital y se extiende hasta el 31 de diciembre del 2021 la reducción del 2% al 0% del arancel a la importa­ción de 222 códigos, entre los que se encuentran maquina­ria agrícola (sembradoras, abonadoras, distribuidoras de abonos, cosechadoras de algodón, máquinas para cose­char raíces, máquinas y apa­ratos para la industria azu­carera, tractores de orugas) y herramientas neumáticas e hidráulicas.

La medida fue elaborada por técnicos del Ministerio de Hacienda, se enmarca en el Plan de Recuperación Econó­mica Ñapu’ã Paraguay, como acciones inmediatas para for­talecer la inversión, el empleo, la ayuda social, y en apoyo a la producción y al comercio. Abarca también a máqui­nas para fabricación de pas­tas, para fabricación o repa­ración de calzados, máquina de mezclar material mine­ral con asfalto, barco frigorí­fico, hornos industriales para fusión de metales, hornos de panadería, pastelería o galle­tería; elevadores o transpor­tadores de mercancías, cal­deras de vapor, motores de corriente alterna y transfor­madores de dieléctricos líqui­dos.

En cuanto al tratamiento de bienes de capital en el Mer­cosur, el bloque cuenta con un universo común de más de 1.200 códigos arancelarios, a los cuales los países pueden aplicar aranceles diferentes al Arancel Externo Común. Con base en esto, Paraguay aplica hoy un arancel de 0% a la mayor parte del universo de bienes de capital y un aran­cel diferente a 0% a las torres y castilletes, los perfiles de alma llena y las barcazas, pues estos productos cuentan con producción local. El arancel de importación de los bie­nes de capital, excepcionado actualmente con 0%, pasaría a 2% luego del 31 de diciembre del 2021, según lo dispuesto en la norma vigente.

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