La Asociación de Ban­cos del Paraguay (Asoban) se reafirma en su posición que no se puede seguir sin establecer un estándar alto en el pro­yecto de ley sobre los ser­vicios de confianza para las transacciones electrónicas. Las Empes y todos los ope­radores deberían tener un plazo para adecuarse a la reglamentación, que corres­ponde a los reguladores. La Asoban afirma que desde el 2013, año en que se habilita­ron las Empes, no se regula este aspecto.

“Las distintas plataformas no se pueden conectar si no es con base en estándares altos. No poner en la ley esta exigencia significaría que los usuarios no van a poder ampliar sus opciones de usar sus medios de pago en todas las plataformas”,

señala a través de un comuni­cado. Es de suma urgencia no seguir poniendo en riesgo los datos, la información, los fon­dos de los usuarios. Grupo de Acción Financiera (Gafi) y los organismos internacionales emitieron sendas publicacio­nes reforzando lo que sostiene Asoban. El propio Congreso Nacional sancionó en el 2016 una ley exigiendo a las empre­sas telefónicas mecanismos altos de identificación para otorgar líneas o chips. Esa ley fue vetada porque fue técnicamente mal planteada. Existe un proyecto de ley de modificación del Art. 55 de la Ley de Defensa al Consumi­dor que ya fue aprobado en Diputados, fue modificado en el Senado y volvió en marzo a Diputados. Este está pen­diente de tratamiento.

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MEJOR HERRAMIENTA

El diputado Walter Harms presentó el 25 de mayo otro proyecto de ley planteando lo mismo, “Niveles altos de segu­ridad” para otorgar líneas de celulares. La Ley de Servicios de Confianza es la mejor herra­mienta para lograr ese obje­tivo, pero no se puede abdicar de dar más seguridad a las per­sonas. Los parlamentarios que votaron a favor del proyecto de modificación del Art. 55 serían incongruentes e incoherentes si no votan en ratificar la ver­sión de Diputados. “Exigimos al pleno de la Cámara de Dipu­tados ratificarse en la versión de la Cámara de Diputados que incluye en sus puntos criterios altos de seguridad, apoyando una norma para el beneficio de los usuarios y cuidando la seguridad de los mismos, de sus datos, de sus bienes y de su dinero, así como de todo el sistema en general”, agrega la Asoban.

AYUDARÁ A MINIMIZAR RIESGOS

La Asociación de Bancos del Paraguay (Asoban) manifestó la necesi­dad de definir altos niveles de seguridad en el proyecto de ley deno­minado servicios de confianza para transacciones electrónicas, a fin de evitar el robo de identidad, los fraudes, las extorsiones y otros deli­tos conexos.

La idea es que exista un riesgo mínimo o, de ser posible, riesgo cero e identificar a la persona que está haciendo una transac­ción digital. El director ejecutivo de la Asoban, Édgar Alarcón, explicó que el artículo 103 del proyecto de ley debe ser orientado a lo que expresa el documento original, ya que en el Senado fue aprobado, pero se modificó el concepto. Comentó que la certificación de los estándares debe ser alta, así como se expresa en la versión de Dipu­tados.

Sin embargo, en la Cámara Alta fue cambiada en su definición y eso debe corregirse. “Con el estándar alto se busca que, cuando se pincha tu número telefónico, la persona que realizó esa maniobra, no pueda retirar dinero en el caso que recibas un importe. Ese estándar alto evitará que suceda eso, es por eso que se debe cambiar nueva­mente ese artículo a la versión original”, expresó.

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