La Oficina de Empleo de la ANR solicita a la Secretaría de Defensa del Consumidor y el Usuario (Sedeco) a multar a las empresas que siguen mirando Informconf de los postulantes como base de selección. La Ley 6.534/20 “De protección de datos personales crediticios”, más conocida como Ley de Informconf, fue promulgada en noviembre del 2020, su incumplimiento contempla multas de 15.000 jornales mínimos.
Enrique López Arce, titular de Empleo de la ARN, manifestó que la discriminación continúa en nuestro país, y que en los últimos días recibió muchas denuncias sobre empresas que miran Informconf.
“Cuatro años estuvimos impulsando la ley que multa a las empresas que usan Informconf para los empleos. Se aprobó y desde hace más de 3 meses denunciamos casos a Sedeco que deja dormidas las denuncias en los cajones”, expresó el especialista.
En tal sentido, López Arce solicita que se cumpla la ley y que no quede nada más en papeles. “Se estima que mínimamente 250.000 personas están en Informconf. Cómo podrán trabajar si hay empresas que siguen mirando el Informconf para empleo”, puntualizó.
Cabe recordar que la Ley de Protección de Datos Crediticios, conocida como la Ley de Informconf, promulgada el 13 de noviembre del 2020, cuya vigencia entró el 27 de octubre del citado año. La Sedeco y el Banco Central del Paraguay (BCP) son los entes encargados de la aplicación de esta normativa.
Las empresas que incumplan son pasibles a multas de hasta 15.000 jornales mínimos y, en caso de reincidencia, el monto será el doble del inicial. También prevé que los datos de la deuda de una persona podrán permanecer registrados durante 5 años. Luego de este plazo, se guarda como estadística, pero sin mencionar las referencias personales. Cualquier persona puede solicitar su historial crediticio sin costo, a través del (021) 439-9000, luego de confirmar sus datos podrá pedir el envío del documento vía email.