La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) emitió la resolución general Nº 81/2021 que dispone que para el traslado o arrastre de los saldos a favor del contribuyente del Impuesto a la Renta Comercial, Industrial o de Servicios (Iracis) y del Iragro (Impuesto a la renta agropecuaria), provenientes de pagos a cuenta o de retenciones, registrados en las obligaciones 111-Iracis General, 144-Iracis Simplificado, 134-Iragro Régimen Contable y 135-Iragro PCR/MCR, el contribuyente deberá ingresar por única vez la “Solicitud de traslado de saldos” (formulario Nº 315) a través del Sistema Marangatu, utilizando su clave de acceso confidencial de usuario.
Antes de presentar dicha solicitud, los aportantes deben verificar las declaraciones juradas correspondientes a las obligaciones señaladas precedentemente, a fin de constatar los saldos disponibles que requerirá trasladar. En caso de corresponder la presentación de declaraciones juradas rectificativas, dicha acción deberá realizarse conforme a lo dispuesto en la resolución general Nº 67/2015 y la resolución general Nº 70/2015, en forma previa al registro de la solicitud de traslado de saldos.
El formulario Nº 315 “Solicitud de traslado de saldos” estará vigente hasta el 31/12/2021 y el contribuyente que no hubiese presentado dentro del plazo señalado o requiera la actualización de la información consignada, deberá presentar su solicitud a través de las mesas de entrada de la SET, adjuntando los documentos que sustentan la consistencia del crédito o saldo que requiera trasladar. Aportantes pueden contactar en www.set.gov.py.