La Secretaría de Defensa del Consumidor y el Usuario (Sedeco), conforme a lo dispuesto en la Ley N° 4974/2013 “De la Secretaría de Defensa del Consumidor y el Usuario”, en su Art. 5°, inciso C: Promover la formalización del mercado, evitando la desprotección del consumidor y el usuario, insta a los consumidores a recurrir a proveedores formales para cambios de divisas o monedas extranjeras. Estos pueden ser casas de cambios, bancos, financieras, corredores registrados, entre otros.
Sedeco recuerda la importancia de contar con la factura de transacción en la compra o venta de divisas, esta acción permite al consumidor resguardar la operación en caso de algún inconveniente. Además, se recuerda a los proveedores la obligación de suministrar a los consumidores o usuarios, en forma cierta y objetiva, información veraz, eficaz y suficiente de las cotizaciones, evitando hechos que pueden ser considerados como publicidad engañosa. La secretaría estará realizando fiscalizaciones aleatorias en los locales y comercios para verificar el cumplimiento de la ley y las normativas vigentes.
La semana pasada, el Banco Central del Paraguay (BCP) advirtió sobre los corredores de cambio sin licencia que operan en el mercado. Recalca que, a la fecha ninguna persona puede operar como corredor de cambios, sin encontrarse inscripto y habilitado en los registros correspondientes y, de estarlo, el corredor realizará sus operaciones de compra y venta de moneda extranjera en la vía pública y/o zonas geográficas específicamente autorizadas, sin poder contar con instalaciones o locales de ningún tipo para tales efectos.