La recaudación de los ingresos tributarios en la 1ª quincena de mayo registró un repunte, dijo el viceministro de Tri­butación, Óscar Orué. El leve incremento podría ser por­que desde mayo se inicia­ron nuevamente los pagos del Impuesto al Valor Agre­gado (IVA) y del Impuesto a la Renta Personal (IRP). “En la instancia en la que esta­mos de emergencia sabía­mos que las estimaciones en estos dos últimos meses iban a ser negativas. Estima­mos que estarían en el orden del 50% menos. En este mes de mayo al día 13 ya supera­mos la recaudación de todo abril. Es una tendencia muy importante, por lo que cree­mos que el déficit para este mes sería del 20% y no del 30% que habíamos esti­mado”, sostuvo.

Orué acotó que estos resul­tados tienen como base el repunte en los cobros de impuestos a los dividendos y utilidades. “Es un impuesto directo que pagan aquellos que tuvieron ganancias acu­muladas por varios años o el año pasado y que tienen que distribuir este año. Cuando entregan a sus socios de empresas se generan. Esta­mos contentos en ese sentido, porque ayuda a reactivar la economía”, dijo.

Añadió que Paraguay depende mucho del consumo. “Vamos a ver cómo se com­portan estos próximos días. Vimos indicadores positivos en este mes, los comercios vendieron, especialmente por el Día de la Madre. En poco tiempo estamos teniendo señales de recuperación. Si bien son pequeñas, nos ani­man a que nuestras estima­ciones mejoren”, dijo.

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Por otro lado, el Poder Eje­cutivo estableció un régi­men excepcional y transi­torio de facilidades de pago hasta el 31 de agosto del 2020, para los contribuyen­tes del Impuesto al Valor Agregado (IVA) por ope­raciones realizadas en el mercado interno y del IVA producto de las importacio­nes de bienes (IVA-Adua­nas). Este régimen transi­torio ofrece la facilidad de una entrega inicial mínima equivalente al 20% de la deuda, con una tasa de inte­rés anual de financiación del 0%. Además, se puede frac­cionar hasta en cuatro cuo­tas mensuales.

El contribu­yente que opte por aplicar los beneficios de este nuevo régimen transitorio podrá tener al mismo tiempo más de dos facilidades de pago vigentes y más de seis para las operaciones de importación. Durante el plazo de aplica­ción del presente régimen, los pagos iniciales corres­pondientes a facilidades de pago del impuesto deberán ser ingresados en la fecha consignada en la solicitud, la cual será hasta dentro de los dos días corridos, contados a partir del día siguiente de la presentación de la solicitud.

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