La Abogacía del Tesoro, dependiente del Ministerio de Hacienda, informó a los grupos de interés y usuarios del Departamento de Registro y Fiscalización de Sociedades (DRFS), que por Decreto 3098, del 19 de diciembre del corriente año, se extiende hasta el próximo 31 de diciembre del 2019 la prórroga para la aplicación de las sanciones, multas y medidas no sancionatorias previstas en la Ley 5895/17, y reglamentada por el Decreto 9043/18, respecto al trámite de Inscripción de Constitución de Sociedades.
En base a la disposición se realizan las siguientes aclaraciones: Trámites afectados: (sin aplicación de sanciones, multas y medidas no sancionatorias hasta el 31 de diciembre del 2019) o Inscripción de Constitución de Sociedades (SA, SRL, Sociedades en comandita por acciones). Es decir, a partir del 1 de enero del 2020, las sanciones, multas y medidas no sancionatorias serán aplicadas a los incumplimientos exclusivamente afectados al trámite.
DICTAMEN
Por otra parte, la presentación de Solicitud de dictamen de modificación por conversión de acciones-plazo del 10 de diciembre, aclarase que la suspensión excepcional de las multas al Trámite de Inscripción de Sociedades “no afecta a los trámites de Solicitud de dictamen de modificación por conversión de acciones”, cuyo plazo establecido es considerado hasta el 10 de diciembre del 2019, señalado en la Ley 6399/19 y su reglamentación (RES. MH 418/19, no queda afectado).
Además, la presentación de Comunicación de Canje de acciones se aclara que la suspensión excepcional de las multas al Trámite de Inscripción de Sociedades “no afecta a los trámites de Canje de acciones”.
En cuanto a la transferencia de acciones, aclaran que la suspensión excepcional de las multas al Trámite de Inscripción de Sociedades “no afecta a los trámites de Transferencia de acciones”.
Desde la Abogacía del Tesoro explicaron que surge la necesidad de establecer plazos excepcionales para el cumplimiento de esta obligación, sin la aplicación de sanciones o medidas no sancionatorias correspondientes.