El Equipo Económico Nacional (EEN) dio “luz verde” a los Organismos y Entidades del Estado (OEE) para realizar de manera normal los llamados a licitación para las contrata­ciones de bienes y servicios. Esto luego de dejar sin efecto los decretos Nº 9037/18 y Nº 9087/18, con los cuales el EEN había condicionado a los OEE para realizar los lla­mados durante el período de transición.

A través de los decretos mencionados, el EEN exigió a los Organismos y Entida­des del Estado, durante ese tiempo, contar con reporte del Módulo Plurianual del Sistema Integrado de Pre­supuesto Público (SIPP) (FG04), además de una auto­rización expresa por escrito del EEN antes de realizar los llamados que afecten de manera parcial o total los períodos 2019 y 2020.

De acuerdo a la carta circu­lar de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP), a través de la cual se puso en conocimiento el Decreto N° 9037/18, la deci­sión (de crear condiciones) fue tomada por el EEN con el propósito de asegurar un proceso de transición orde­nado y tener una prudencia administrativa al momento de adquirir bienes y servicios.

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REUNIÓN

El Equipo Económico Nacio­nal, conformado por los representantes del Ministe­rio de Hacienda, MIC, MAG, MOPC, Relaciones Exte­riores, el BCP, la Secretaría Técnica de Planificación y el secretario general de la Pre­sidencia, tiene previsto llevar adelante su primera reunión mañana para definir el pro­yecto de Presupuesto Gene­ral de la Nación (PGN) 2019.

El proyecto de Plan de Gasto de la Nación para el 2019 será presentado el viernes por el Ministerio de Hacienda, en representación del Poder Eje­cutivo, al Congreso Nacional. Una vez entregado al Poder Legislativo este deberá con­formar la Comisión Bicameral de Presupuesto, con 25 sena­dores y 25 diputados, quienes tendrán 60 días para emitir su dictamen. Ese dictamen debe pasar a la Cámara de Diputa­dos, que debe sancionar el pro­yecto de ley en base al dicta­men, para luego pasar a la Cámara de Senadores. Ambas cámaras tienen un tiempo de 20 días para estudiar y votar.

En caso de que el Senado realice modificaciones al PGN aprobado por Diputa­dos, este vuelve a la Cámara Baja, dando la potestad a la Cámara de ratificarse en su versión o aprobar el PGN con las modificaciones de la Cámara Alta. En caso de que suceda la segunda opción, la ley queda sancionada y pasa al Ejecutivo, si no vuelve a Senadores, que deberá rati­ficarse o aprobar las modifi­caciones de Diputados.

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