El Ministerio de Industria y Comercio (MIC) inicia este miércoles el monitoreo de calidad de combustibles en estaciones de servicios como cumplimiento del decreto n.° 3.241/25 emitido por el Poder Ejecutivo con el objetivo de monitorear la calidad de los diferentes carburantes ofertados a la ciudadanía.

Este establece la mezcla de etanol hasta un 30 % con las gasolinas y del 5 % de mezcla de biodiésel con el gasoil del tipo III (gasoil común), en todas las estaciones de servicios del país. El equipo de técnicos del MIC realizará las visitas junto con el Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN) y de la Secretaría Nacional de Defensa al Consumidor (Sedeco).

“Estas visitas técnicas forman parte de un plan de trabajo orientado a acompañar el cumplimiento de las disposiciones del Poder Ejecutivo y obtener datos generales sobre la calidad de combustibles que ofrecen las estaciones de servicios a los consumidores”, menciona en el documento.

Leé también: Peajes de Ypacaraí y Nueva Londres permitirán pago con tarjetas desde el jueves

Igualmente se informó que las fiscalizaciones de rigor serán realizadas a partir de junio del 2025, por lo que desde el MIC instaron a las empresas involucradas a ajustarse al nuevo decreto, resultado de una mesa técnica de trabajo conformada por la cartera de la que participaron los representantes técnicos del sector privado y público vinculados al sector.

Especificaciones

El decreto fue firmado en enero pasado y como principales cambios estipulados figuran la recategorización de las gasolinas comercializadas que ahora estarán identificadas como RON 88 (rojo), 93 (amarillo), 97 (azul) y 98 (verde). La reducción del contenido de MTBE (Éter Metil Tert-Butílico) al 1 % v/v; la disminución del contenido de azufre a un máximo de 100 ppm en promedio.

Igualmente se introdujo el monitoreo del manganeso con un valor máximo en forma de trazas de 1,0 mg/L, logrando con esto un combustible de gran calidad para los usuarios y amigable con el medioambiente. Las empresas distribuidoras contaban con un plazo de 60 días para implementar estos cambios y poner a disposición de la ciudadanía los nuevos productos, de conformidad con lo establecido en el decreto reglamentario.

Te puede interesar: Cultivo de ajo nacional será reactivado en General Artigas

Dejanos tu comentario