El abogado José Fernández Zacur, magíster en Derecho Penal Económico y en Prevención de Lavado de Dinero, explicó en entrevista con el programa “Así son las cosas”, de Universo 970 AM/Nación Media, que las sanciones impuestas por el Departamento del Tesoro de Estados Unidos no afectan a las empresas locales del Grupo Cartes que no fueron designadas ni a aquellas en las cuales los designados no tienen un porcentaje accionario de 50% o más. Directamente o a través de otras sociedades. Esto saliendo al paso del terrorismo financiero local.

Explicó que la designación “es una decisión autónoma y soberana, que se adopta en función a una orden ejecutiva, que aplica el Departamento del Tesoro de EEUU y que tiene límites muy concretos”. Agregó que los destinatarios de las medidas y los obligados a cumplirlas son los ciudadanos estadounidenses, los residentes permanentes y las empresas constituidas en jurisdicción americana.

También mencionó que las designaciones responden a un programa de sanciones que se funda en la legislación del país norteamericano.

Invitación al canal de WhatsApp de La Nación PY

El experto subrayó que las medidas no implican que empresas y ciudadanos de otros países no puedan operar comercialmente con los designados, siempre y cuando no utilicen la intermediación del sistema financiero americano.

Indicó igualmente que la “regla del 50%” se refiere a la propiedad efectiva de las acciones y no al control corporativo que pueda tenerse sobre determinado conglomerado de empresas. “En la FAQ Nro. 398 (disponible en la página web del Departamento del Tesoro), se aclara que la regla del 50% solo aplica a la propiedad y no al eventual “control” de empresas por otras vías que no fuesen la tenencia de paquetes accionarios”, sentenció.

Te puede interesar: Empresarios turcos visitarán el país para avanzar en proyectos de cooperación

Sanciones específicas

Fernández Zacur señaló que existen personas físicas y jurídicas sancionadas de manera específica, por lo que las disposiciones solo se extienden a estas y no a otras empresas del Grupo Cartes en las cuales las primeras no tuviesen la mitad o más del paquete accionario.

En otro orden de cosas, dijo que la restricción imposibilita el uso del sistema financiero norteamericano, pero no el pago o cobro en divisas extranjeras si no se utiliza directamente o como intermediaria a la banca del país norteamericano.

El letrado brindó tranquilidad a los funcionarios y a quienes operan o trabajan en el país con el grupo empresarial.

Sin restricciones

Fernández Zacur sostuvo que las empresas del Grupo Cartes que se encuentran operando en el país y no están designadas ni cumplen la “regla del 50%” podrán seguir haciéndolo sin restricciones, atendiendo al modo como fueron trabadas las medidas y de conformidad con la legislación aplicable. En moneda local, en dólares americanos o en cualquier otra divisa.

“Los proveedores locales pueden seguir operando con toda tranquilidad”, aclaró.

Alcance real

El abogado agregó, además, que es equivocado otorgar a la medida un alcance mayor del que tiene, en referencia a las especulaciones de que todas las empresas del Grupo Cartes tendrían problemas para operar en el mercado.

“Eso es llevar la medida a un alcance que no tiene; un proveedor local e incluso un proveedor no americano con una de las empresas que no esté incluida en la sanción por vía directa o indirecta, puede operar libremente sin ningún tipo de restricción”, sentenció.

Precisó que un accionista local en cualquiera de las empresas del holding, que no estuviese designado ni afectado por la “regla del 50%”, tampoco está sujeto a restricciones mientras que la medida mantenga el alcance que le fue otorgado.

Frigorífico Chajhá

Con relación al frigorífico Chajhá, que también fue objeto de sanción y no opera en Estados Unidos, el letrado explicó que los abogados de la firma podrían plantear la revisión de la designación por vía administrativa y posteriormente judicial.

“En un precedente de la Corte de Apelaciones del Noveno Circuito de los EE.UU. se analizó la cuestión del debido proceso vinculada con la revisión por parte del designado de los antecedentes correspondientes a la designación”, puntualizó a nuestra redacción.

Leé también: Comisión de Juventud de la ANR activará sobre dos pilares clave: educación y empleo

Déjanos tus comentarios en Voiz