El Ministerio de Hacienda (MH) informó este lunes que conforme a los criterios técnicos establecidos por el Servicio Nacional de Catastro (SNC) y según dicta la Ley 5.513/2015 se fijaron los nuevos valores fiscales de inmuebles que servirán como base imponible para la determinación del Impuesto Inmobiliario y sus adicionales para el ejercicio fiscal del 2023.
El ajuste realizado corresponde al 8,1%, tanto para inmuebles urbanos como rurales, y fue dado a conocer mediante un Decreto emitido por el Poder Ejecutivo. En el 2021, la tasa de interés fue de 7,6%, y de 4,1% en el año 2018, con este incremento la cifra se convierte en la más alta en los últimos años a causa de la inflación. Los valores fiscales se adecuaron teniendo en cuenta la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC), conforme a datos del Banco Central del Paraguay (BCP) en el período de los doce meses anteriores al 1 de noviembre de cada año civil que transcurre.
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Otras modificaciones
Así también, se dispuso un reordenamiento de los valores catastrales para la zona rural del país, conforme a criterios referentes al costo de oportunidad establecidos en la legislación. En lo que respecta a los inmuebles de Asunción, se realizó la unificación del valor para las edificaciones mediante trabajos mancomunados con los técnicos y autoridades de la Municipalidad capitalina.
Estas acciones son a fin de dinamizar el casco histórico de la ciudad, reduciendo y equiparando las valoraciones de construcción para todos los inmuebles de las zonas 5 y 11, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 59/2022. “Quedan por tanto establecidos los valores fiscales expresados en guaraníes teniendo en cuenta el criterio de la mencionada Ley, la cual establece el cálculo por metro cuadrado para inmuebles urbanos, y por hectárea para inmuebles rurales”, mencionaron.