El Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (Senacsa) informó a los productores nacionales, específicamente de las especies ovino y caprino, que desde este domingo 1 de enero del 2023, el movimiento de estos ganados menores dentro del territorio nacional requerirá de ciertas documentaciones.
Tales documentos que serán necesarios son las guías de traslado y el Certificado Oficial de Tránsito de Animales (COTA) de pequeños rumiantes, conforme al comunicado oficial del servicio veterinario. En cuanto a los requisitos para gestionar los papeles, mencionan que en primer lugar el establecimiento debe estar registrado en la unidad zonal conforme a la resolución Nº 1700/2021, según expresa el comunicado de fecha 28 de diciembre del 2022.
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En tanto que los animales deben estar identificados de acuerdo al título de propiedad de marcas y señales, actualizado según la normativa Nº 2576/2005, y si posee marcas y señales para bovinos, las mismas podrán ser utilizadas igualmente para los ovinos y caprinos. Con relación a las guías, la indicación es que pueden ser impresas desde la web de la institución para ser completadas por el propietario según la finalidad de la movilización.
Para el caso de guía pagada o la de traslado y transferencia, se deberá realizar el pago correspondiente conforme se señala en la resolución CIEFA Nº 2/2022 y luego acercarse a la unidad zonal con la documentación para la emisión del COTA, como indica la resolución Nº 1546/2022.